Artículo 2º — Los sujetos indicados en el artículo anterior que, para cumplir con sus obligaciones impositivas y previsionales deben observar las normas del "Régimen Simplificado", obtendrán la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), mediante la presentación del formulario de declaración jurada Nº 160, por duplicado, en el que consignarán, en el centro del margen superior, la leyenda ‘‘Convenio Migratorio Ley Nº ....’’ indicando la Ley que corresponda según el país de origen del solicitante.
Dicha presentación se efectuará ante la dependencia de este Organismo en cuya jurisdicción se encuentre el domicilio fiscal –lugar en el que se desarrolla la actividad o, en su defecto, el domicilio real—.
Juntamente con el formulario mencionado deberán exhibir los elementos que se indican a continuación:
a) Los nacionales de la República de Bolivia:
1. Pasaporte válido y vigente en el que conste el último ingreso a la República Argentina, o cédula de identidad boliviana o certificado de nacionalidad expedido por el agente consular del país de origen del peticionante.
2. Certificado de domicilio real extendido por la autoridad policial, o información sumaria judicial.
b) Los nacionales de la República de Perú:
1. Pasaporte válido y vigente en el que conste el último ingreso a la República Argentina.
2. Certificado de domicilio real extendido por la autoridad policial, o información sumaria judicial.