CONSIDERANDO
Que mediante la citada norma se ha establecido un sistema de determinación del impuesto e ingreso del saldo, desarrollado en entorno WINDOWS, de carácter de opcional para los contribuyentes y responsables.
Que las Resoluciones Generales N° 356 y N° 419 aprobaron los Anexos que contienen los valores mínimos de automotores, y de monedas extranjeras, acciones y demás títulos valores, a los fines de la valuación de los respectivos bienes en la determinación del impuesto sobre los bienes personales, correspondiente al período fiscal 1998.
Que, consecuentemente, resulta necesario actualizar, al 31 de diciembre de 1998, los valores de las Tablas cargadas en el programa "SITRIB - BIENES PERSONALES - Versión 2.0", aprobado por la Resolución General citada en el visto.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,