ARTÍCULO 1°.- Suspender hasta el 31 de julio de 2024, inclusive, el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para los sujetos que se indican a continuación:
a) Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramos 1 y 2- con “Certificado MiPyME” vigente al 31 de enero de 2024, obtenido de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 220 del 12 de abril de 2019 de la ex Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del entonces Ministerio de Producción y Trabajo y sus modificatorias, y que cuenten con la caracterización correspondiente en el “Sistema Registral”.
b) Pequeños contribuyentes: entendiéndose por tales a las personas humanas y sucesiones indivisas que se encuentren caracterizadas en el “Sistema Registral” con el código “547 - Pequeño Contribuyente”, conforme a los términos y las condiciones que se establecen en el inciso a) del artículo 4° de la Resolución General N° 5.321 y su modificatoria.
c) Entidades sin fines de lucro que se encuentren registradas ante esta Administración Federal al 31 de enero de 2024, bajo alguna de las formas jurídicas que se indican a continuación:
CÓDIGO |
FORMA JURÍDICA |
86 |
ASOCIACIÓN |
87 |
FUNDACIÓN |
94 |
COOPERATIVA |
95 |
COOPERATIVA EFECTORA |
167 |
CONSORCIO DE PROPIETARIOS |
203 |
MUTUAL |
215 |
COOPERADORA |
223 |
OTRAS ENTIDADES CIVILES |
242 |
INSTITUTO DE VIDA CONSAGRADA |
256 |
ASOCIACIÓN SIMPLE |
257 |
IGLESIA, ENTIDADES RELIGIOSAS |
260 |
IGLESIA CATÓLICA |
d) Contribuyentes pertenecientes al sector de salud, cuya actividad económica principal declarada en el “Sistema Registral” se corresponda con alguna de las que se detallan en el Anexo (IF-2024-00269932-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) que se aprueba y forma parte de la presente.
Los citados sujetos serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “533 - Protección transitoria y Alivio Fiscal para el Sector Salud”, en función de la información proporcionada por el Ministerio de Salud de la Nación. La mencionada información será remitida periódicamente a esta Administración Federal, mediante el envío electrónico del formulario F. 1266 a través del sitio “web” institucional (https://www.afip.gob.ar).
Las caracterizaciones a que se refiere este artículo podrán ser consultadas accediendo con Clave Fiscal al servicio denominado “Sistema Registral”, opción “consulta/datos registrales/caracterizaciones”.
Textos Relacionados:
- Resolución General Nº 5532/2024 AFIP Artículo 1º (Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive, la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares dispuesta por el artículo 1° de la Resolución General N° 5.482.)