CONSIDERANDO
Que a través del dictado de la norma citada en el VISTO se creó el régimen de Exportación Simplificada denominado “EXPORTA SIMPLE” con el objeto de facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía, con fines comerciales, a través de Prestadores de Servicio Postal, con las condiciones y requisitos allí indicados.
Que es objetivo de la SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO promover el crecimiento económico y el desarrollo, incentivando las exportaciones de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Que el Decreto N° 1.177 del 28 de diciembre de 2018 declaró el año 2019 como “Año de la Exportación” y dispuso que el Estado Nacional promocionará actividades, conferencias y programas que promuevan las exportaciones.
Que, a tal efecto, resulta apropiado adecuar la operatoria para que la misma sea aún más ágil y simple para los beneficiarios del presente régimen, quienes deberán emitir la correspondiente factura.
Que, asimismo, es de interés incorporar nuevos operadores logísticos al régimen para ofrecer diferentes tipos de servicios en mejores condiciones de competencia.
Que han tomado la intervención que les compete las áreas técnicas y los servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 -texto ordenado por el Decreto N° 438/92- y sus modificatorios, las Leyes N° 22.415 -Código Aduanero y sus modificatorias- y N° 23.101 y sus modificatorias y el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,