CONSIDERANDO
Que atendiendo la particular situación en que se encuentran los responsables del gravamen que revisten la calidad de locatarios de los inmuebles en los cuales desarrollan sus actividades gravadas, se entiende aconsejable instrumentar un procedimiento que posibilite el computo del tributo contenido en las facturas que, por determinadas prestaciones y servicios (gas, electricidad, etc.), son emitidas a nombre de terceros pero cuyo pago se encuentra a cargo de los aludidos responsables.
Que a los fines mencionados corresponde establecer los requisitos y condiciones cuyo cumplimiento determinara la procedencia del computo del impuesto al valor agregado en la citada situación.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el articulo 7º de la ley 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones .
Por ello,