Anexo I
ANEXO I (Artículo 2º)
DATOS RELATIVOS A LOS SUJETOS Y OPERACIONES A INFORMAR
Los responsables deberán suministrar como mínimo los siguientes datos:
a) Del agente de información:
1. Apellido y nombres, razón social o denominación.
2. Domicilio fiscal.
3. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
4. Período que se informa.
5. Frecuencia de facturación.
b) Del prestatario del servicio:
1. Apellido y nombres, razón social o denominación.
2. Domicilio en el que se realiza la prestación del servicio y código postal.
3. Domicilio al que se remite la factura correspondiente a la prestación del servicio y código postal.
4. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.), excepto cuando no la posea -por no existir razones de índole fiscal que obliguen al usuario a solicitar su otorgamiento-, caso en el cual corresponderá indicar el tipo y número de documento de identidad.
5. Respecto de las operaciones:
5.1. Monto total de las efectuadas en el período informado, por cada prestatario -en el caso que las mismas se realicen con sujetos no alcanzados por el impuesto al valor agregado, se consignará el monto total facturado y respecto de las efectuadas con responsables inscriptos, además se informará el monto del gravamen facturado-.
5.2. De tratarse de la prestación del servicio de suministro de energía eléctrica se consignará la cantidad de kilovatios utilizados.
5.3. En el caso de provisión de agua o de gas, se informará la unidad y cantidad de unidades consumidas.
5.4. De tratarse de provisión de gas, se informará adicionalmente, la cantidad de kilocalorías con las que se efectuó el suministro.
6. Tipo de prestación, conforme al tipo de prestatario:
6.1. Energía eléctrica o gas: - Residencial. - Comercial. - Industrial.
6.2. Agua corriente: - Residencial. - No residencial. - Baldío.
6.3. Telefonía fija: - Casa de familia. - Tercer grupo (dependencias y reparticiones, nacionales, provinciales y municipales). - Segundo grupo (profesionales, representaciones diplomáticas extranjeras, sindicatos con personería gremial, instituciones culturales, científicas, templos y congregaciones religiosas, mutualidades, bibliotecas, diarios, entidades de análoga naturaleza o finalidad que no persigan fines de lucro, paradas de taxis). - Primer grupo (todos aquellos sujetos no indicados específicamente en el segundo y tercer grupo).
7. Modalidad de pago: - Efectivo. - Tarjeta de débito. - Tarjeta de crédito. - Débito en cuenta (en este caso se deberá consignar, adicionalmente, la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) del usuario y de haberse informado para el período considerado más de una, se informará la última registrada). -
Otras. 8. Categorización frente al impuesto al valor agregado: - Responsable inscripto. - No Responsable. - Exento. - Monotributista. - Consumidor Final.