CONSIDERANDO
Que la Resolución General Nº 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias, estableció el procedimiento que deben observar los empleadores para determinar nominativamente e ingresar los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social.
Que mediante la Ley Nº 26.727 se aprobó el Régimen de Trabajo Agrario, determinando las modalidades del contrato de trabajo y los derechos y obligaciones de las partes intervinientes, aun cuando el mismo se hubiere celebrado fuera del país, siempre que se ejecutare en el territorio nacional.
Que dicha ley creó el Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), organismo dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que absorbe las funciones y atribuciones del Registro Nacional de Trabajadores Rurales (RENATRE).
Que asimismo, modificó la Ley Nº 25.191 y sus modificaciones, estableciendo que los empleadores comprendidos en el Régimen de Trabajo Agrario deberán retener el UNO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (1,50%) del total de remuneraciones que se devenguen a partir de la vigencia de la mencionada ley.
Que a su vez, dispuso que la contribución patronal será la que rija para el régimen general -Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA)-, incrementada en dos puntos porcentuales.
Que, por otra parte, a efectos de poder identificar adecuadamente a los trabajadores comprendidos en los convenios de corresponsabilidad gremial vigentes, celebrados en el marco de la Ley Nº 26.377 y su Decreto Reglamentario Nº 1370/08, a los trabajadores que presten servicios en los términos del artículo 2º, inciso a), apartado 6, de la Ley Nº 24.241, y a los trabajadores que hayan sido afectados al proyecto minero Pascua Lama y Veladero de la provincia de San Juan, resulta necesario incorporar nuevos códigos en el aplicativo "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS".
Que en orden a lo señalado en los considerandos precedentes, este Organismo ha adecuado sus sistemas informáticos, por lo que procede aprobar y poner a disposición de los empleadores una nueva versión del programa aplicativo denominado "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS".
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios al Contribuyente y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,