Anexo II
ANEXO II - RESOLUCION GENERAL N° 3286
IDENTIFICACION DE LOS PROYECTOS PROMOVIDOS
A) PROCEDIMIENTO
A los efectos de identificar correctamente el proyecto promovido al cual se vincularán las operaciones y datos a informar, el sujeto obligado deberá:
1. Ingresar al sitio “web” institucional de esta Administración Federal (www.afip.gob.ar);
2. Acceder al servicio “Proyectos Promovidos — Consulta de Proyectos vigentes” —mediante Clave Fiscal— a fin de consultar los proyectos promovidos vinculados a la empresa informante;
3. Descargar en un archivo la información obtenida de acuerdo con lo indicado del punto anterior;
4. Importar el archivo mencionado desde el programa aplicativo denominado “AFIP DGI - CITI PROMOVIDAS - Versión 1.0”, mediante la utilización de la opción habilitada a tal efecto.
El citado programa aplicativo ofrecerá una lista desplegable con los proyectos asociados a la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de la empresa promovida respecto de la cual se suministra la información.
Al momento de la presentación de la información, el sistema validará la vigencia de los proyectos de promovidos, así como su relación con la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) para la que se realiza la misma.
B) INCONSISTENCIA DE LA INFORMACION PRESENTADA
De detectarse alguna inconsistencia en los datos referidos a los proyectos asociados a la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de la empresa promovida respecto de la cual se suministra la información, la presentación será rechazada y se emitirá el correspondiente mensaje de error.
Ante tal situación, el contribuyente podrá realizar nuevamente lo establecido en el apartado A), y volver a vincular la información declarada con los proyectos de promoción vigentes.
De persistir la inconsistencia, el mencionado sujeto podrá dirigirse a la dependencia de este Organismo en la que se encuentre inscripta la empresa promovida, a fin de que se proceda a subsanar la misma.