CONSIDERANDO
Que atendiendo el objetivo permanente de esta Administración Federal de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones a los contribuyentes y responsables, resulta aconsejable establecer el procedimiento para el pago de los honorarios correspondientes a los abogados y procuradores actuantes en causas judiciales, cualquiera sea la materia objeto de las mismas, en representación de la Dirección General de Aduanas, en carácter de apoderados, letrados patrocinantes del Fisco y peritos.
Que para la consecución de dicho objetivo, este Organismo ha previsto un sistema informático que posibilita el ingreso de los referidos honorarios, mediante transferencia electrónica de fondos, de acuerdo con lo establecido por la Resolución General Nº 1778, su modificatoria y complementarias.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Administración Financiera, de Recursos Humanos y de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,