CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución General Nº 2570, sus modificatorias y complementarias, se estableció la obligación de registrar los datos biométricos para aquellos sujetos que deban formalizar la solicitud de inscripción en los "Registros Especiales Aduaneros".
Que la Resolución General Nº 2811 implementó un procedimiento obligatorio de identificación y registro -destinado a conformar un perfil de las personas físicas que actúen por sí o en representación de terceros- a través de la digitalización de la fotografía, la firma, la huella dactilar y la imagen reproducida del documento nacional de identidad.
Que, a partir de su entrada en vigencia, se encuentran alcanzados por dicha obligación los contribuyentes y/o responsables que soliciten la inscripción ante esta Administración Federal.
Que con el objeto de profundizar la seguridad y transparencia en la relación de este Organismo con los administrados, resulta oportuno extender el referido procedimiento a determinados sujetos.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Fiscalización, de Servicios al Contribuyente y de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,