ARTÍCULO 4º.-Los empleadores del sector privado y las entidades y organismos comprendidos en el Artículo 1º de la Ley Nº 22.016 y sus modificaciones, para determinar correctamente la reducción de las contribuciones patronales establecida por el "Régimen de Promoción y Protección del Empleo Registrado" —Capítulo II del Título II de la Ley Nº 26.476—, con relación a los empleados incorporados a la nómina salarial —puesto nuevo— a partir del 24 de diciembre de 2008, inclusive, que se encuentren comprendidos entre los meses TRECE (13) y VEINTICUATRO (24), ambos inclusive, del citado beneficio de reducción parcial de contribuciones, deberán:
a) Generar las declaraciones juradas —F.931—, correspondientes al período devengado diciembre de 2009 y siguientes, mediante la utilización del Release 2 de la Versión 32 del programa aplicativo "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS", hasta que este Organismo apruebe una nueva versión del citado programa.
b) Utilizar para la identificación de la relación laboral los códigos de la Tabla de "Códigos de Modalidades de Contratación", contenida en el Anexo IV de la Resolución General Nº 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias, que se indica a continuación:
- Puesto nuevo (meses 13 a 24): códigos 204, 205 y 206, según corresponda.