CONSIDERANDO
Que el Decreto N° 34 del 26 de enero de 2009 dispuso la creación de un sistema de emisión, seguimiento y control de Carta de Porte y Conocimiento de Embarque, en el ámbito de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA), organismo descentralizado en jurisdicción de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Producción y estableció el uso obligatorio de la Carta de Porte como único documento válido para el transporte automotor y ferroviario de carga de granos y ganado, así como del Conocimiento de Embarque para el caso del transporte fluvial de granos y ganado.
Que mediante la norma conjunta Resolución General Nº 2.595, Resolución Nº 3.253 y Disposición N° 6 del 14 de abril de 2009 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) y de la Subsecretaría de Transporte Automotor, del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, del Ministerio de Producción y de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, respectivamente, se estableció el uso obligatorio del formulario "CARTA DE PORTE PARA EL TRANSPORTE AUTOMOTOR Y FERROVIARIO DE GRANOS".
Que en virtud de las evaluaciones efectuadas respecto de la aplicación del sistema de emisión, seguimiento y control de las Cartas de Porte, se entiende necesario disponer modificaciones operativas y de control.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización y de Servicios al Contribuyente.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,