CONSIDERANDO
Que el Decreto Nº 10 del 8 de enero de 2009 modificó el importe de remuneración bruta mensual de referencia para la determinación de los porcentajes de los aportes y contribuciones correspondientes al Régimen Nacional de Obras Sociales, destinados al financiamiento del Fondo Solidario de Redistribución -instituido por el Artículo 22 de la Ley N° 23.661 y sus modificaciones-, incrementándolo de UN MIL PESOS ($ 1.000.-) a DOS MIL CUATROCIENTOS PESOS ($ 2.400.-) a partir del 1º de enero de 2009.
Que a fin de implementar dicha medida resulta necesario aprobar la Versión 31 del programa aplicativo que se utiliza para la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social, la cual, en esta primera etapa, sólo será de aplicación para los empleadores que en forma obligatoria o, en su caso, voluntaria utilizan el sistema "Su Declaración", aprobado por la Resolución General N° 2.192, sus modificatorias y complementaria.
Que en consecuencia, para los restantes empleadores se difiere la instrumentación de las disposiciones del Decreto Nº 10/09 hasta tanto se apruebe otra versión del citado programa aplicativo.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,