ARTÍCULO 1°.- Modifícase la Resolución General Nº 830, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación:
1. Incorpórase como inciso q) del Anexo II, el siguiente:
"q) Subsidios abonados por los estados Nacional, provinciales, municipales o el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concepto de enajenación de bienes muebles y bienes de cambio, en la medida que una ley general o especial no establezca la exención de los mismos en el impuesto a las ganancias.".
2. Incorpórase como inciso r) del Anexo II, el siguiente:
"r) Subsidios abonados por los estados Nacional, provinciales, municipales o el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concepto de locaciones de obra y/o servicios, no ejecutados en relación de dependencia, en la medida que una ley general o especial no establezca la exención de los mismos en el impuesto a las ganancias.".
3. Incorpórase en el cuadro de alícuotas y montos no sujetos a retención, que consta en el Anexo VIII, los ítems que se indican a continuación:
Cuadro de alícuotas y montos
Modifica a: