CONSIDERANDO
Que el primero de los decretos estableció la formalización, por parte de los adquirentes o importadores de obras de arte, de un convenio de exhibición gratuita que debía ser aprobado por la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, a fin de la aplicación de una tasa reducida del impuesto al valor agregado.
Que cuestiones de índole operativa, relacionadas con la mencionada formalización del convenio, dieron origen a que mediante el Decreto N° 1.044/98 se modificara el procedimiento para acceder al beneficio.
Que, consecuentemente, resulta necesario adecuar la Resolución General N° 4.320 (DGI) a las obligaciones que deben cumplir los adquirentes e importadores de las señaladas obras de arte, para que proceda la reducción de la alícuota dispuesta.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,