CONSIDERANDO
Que el decreto citado en último término suspendió desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre de 2004, ambas fechas inclusive, la aplicación de las disposiciones del Decreto Nº 814/01, sus modificatorios y complementarios, para los empleadores titulares de los establecimientos educacionales privados, cuyas actividades resulten comprendidas en la Ley Nº 24.195 y sus modificaciones -Ley Federal de Educación- y en la Ley Nº 24.521 y sus modificaciones -Ley de Educación Superior-.
Que en atención a ello, cabe disponer el procedimiento que deberán observar los referidos empleadores para aplicar la aludida suspensión, así como aprobar el programa aplicativo denominado "SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES - Versión 23 Release 1".
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Asesoría Legal y Técnica, de Gestión de la Recaudación de los Recursos de la Seguridad Social, de Informática de los Recursos de la Seguridad Social, de Programas y Normas de Recaudación y de Informática Tributaria.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 4º y 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,