CONSIDERANDO
Que la citada Resolución General Nº 1708 estableció que las obligaciones formales vinculadas con las presentaciones de adhesión al régimen especial de regularización, con vencimiento fijado para el día 26 de julio de 2004, inclusive, serán consideradas cumplidas en término, siempre que se efectúen hasta el día 31 de julio de 2004, inclusive.
Que atento al importante número de presentaciones que se han producido en los últimos días del mes de julio de 2004, y en concordancia con los objetivos tenidos en cuenta por el régimen especial de regularización y por esta Administración Federal, se entiende conveniente y razonable convalidar las obligaciones formales vinculadas con la adhesión a dicho régimen, en cuanto a su cumplimiento en tiempo y forma.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Asesoría Legal y Técnica, de Gestión de la Recaudación de los Recursos de la Seguridad Social y de Programas y Normas de Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 11 y 12 de la Ley Nº 25.865, por el artículo 32 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,