AFIP

Resolución General N° 127/1998

ASUNTO

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS, SOBRE LOS BIENES PERSONALES Y AL VALOR AGREGADO. FONDO PARA EDUCACION Y PROMOCION COOPERATIVA. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Obligaciones de ingreso y/o de presentación de declaraciones juradas. Zonas de emergencia de las Provincias de Santa Fe, Chaco y Formosa. Plazo especial.

Fecha de emisión: 21/04/1998

B.O.: 23/04/1998

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Resolución General N° 125 y

CONSIDERANDO

Que mediante la citada norma se dispuso un plazo especial para que los contribuyentes y responsables que desarrollen actividades en determinadas zonas de la Provincia de Corrientes, afectadas por las condiciones meteorológicas que son de público conocimiento, cumplan con sus obligaciones de ingreso y/o presentación de declaraciones juradas.

Que las aludidas condiciones climáticas han afectado también a localidades de las Provincias de Santa Fe, Chaco y Formosa, dando lugar respecto de la Provincia de Santa Fe a la declaración en estado de emergencia y/o desastre agropecuario mediante las Resoluciones Conjuntas Nros. 33/98 y 394/98 y 37/98 y 398/98, ambas de fecha 27 de marzo de 1998, de los Ministerios del Interior y de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Que en tal sentido se entiende razonable extender la franquicia dispuesta por la Resolución General Nº 125, a los contribuyentes y responsables cuyas actividades se desarrollen en las referidas áreas, así como a otras actividades y Regiones de las precitadas provincias igualmente alcanzadas por el aludido fenómeno meteorológico.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Recaudación y de Legal y Técnica de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 27 y 28 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones y 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Las franquicias establecidas en la Resolución General N° 125, también serán de aplicación respecto de los contribuyentes y responsables que tengan su actividad principal en las provincias y localidades que se indican en los Anexos I y II de la presente, con los alcances que para cada uno de los mismos se disponen respectivamente en los artículos 1° y 2° de la mencionada resolución general.


ARTICULO 2°.- Las obligaciones de ingreso y/o de presentación de las declaraciones juradas del Fondo para la Educación y Promoción Cooperativa, quedan comprendidas asimismo en las disposiciones establecidas por la Resolución General N° 125.


ARTICULO 3°.- Apruébanse los Anexos I y II, que forman parte integrante de la presente.


ARTICULO 4°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Anexo I - Texto según Resolución General N° 190 (AFIP)

(ARTICULO 1º RESOLUCION GENERAL Nº 125)

PROVINCIA DE: SANTA FE

DEPARTAMENTOS DISTRITO
GENERAL LOPEZ  Rufino
Aarón Castellanos
GENERAL OBLIGADO                      Reconquista
Avellaneda
Las Toscas
Arroyo Ceibal
Berna
El Araza
El Rabón
El Sombrerito
Florencia
Guadalupe Norte
Ingeniero Chanourdie
Lanteri
La Sarita
Las Garzas .
Los Laureles
Nicanor Molinas
San Antonio
Obligado
Tacuarendí
Villa Ana
Villa Guillermina
 
GARAY   Cayasta
Santa Rosa de Calchines
Saladero Cabal
   
9 DE JULIO  Santa Margarita
Gregoria Perez de Denis
   
VERA    Los Amores
Cañada Ombu
Golondrina
Tartagal
   
SAN CRISTOBAL Colonia Bossi
   
CAPITAL    Santo Tome
Sauce Viejo
Monte Vera
Recreo
   
LA CAPITAL      Llambi
Campbell
Emilia
Arroyo Aguiar
Nelson
Cabal
   
SAN JUSTO      San Justo
Angeloni
Colonia Silva
Ramayo
Videla
San Martin Norte
   
LAS COLONIAS      La Pelada
Maria Luisa
Santo Domingo
Cululu
Esperanza
Empalme San Carlos
   
SAN CRISTOBAL  Villa Saralegui
Soledad

PROVINCIA DE: CHACO

DEPARTAMENTOS

SAN FERNANDO

BERMEJO

LIBERTAD

SARGENTO CABRAL

SAN LORENZO

FRAY JUSTO SANTA MARIA DE ORO

QUITILIPI

25 DE MAYO

MAYOR JORGE LUIS FONTANA

PRESIDENCIA DE LA PLAZA

MAIPU

O'HIGGINS

12 DE OCTUBRE

INDEPENDENCIA

2 DE ABRIL

GENERAL DONOVAN

COMANDANTE FERNANDEZ

1º DE MAYO

GENERAL SAN MARTIN

GENERAL BELGRANO

GENERAL CUEMES

TAPENAGA

PROVINCIA DE: FORMOSA

DEPARTAMENTOS

FORMOSA 

Laishi

Pirane

Anexo II

( ARTICULO 2º RESOLUCION GENERAL 125 )

PROVINCIA DE: SANTA FE

DEPARTAMENTO DISTRITO
NUEVE DE JULIO         Gato Colorado
Villa Minetti
San Bernardi
Pozo Borrado
Tostado
Lobroño
Montefiore
Juan De Garay
Esteban Rams
SAN CRISTOBAL                          Aguara
Ambrosetti
Arrufo
Capivara
Ceres
Colonia Ana
Constanza
Curupaytí
Hersilia
Huanqueros
La Cabral
La Clara
La Lucila
La Rubia
San Cristóbal
Las Avispas
Las Palmeras
Moisés Ville
Monigotes
Ñanducita
Palacios
Portugalete
San Guillermo
Santurce
Suardi
Villa Trinidad
SAN JUSTO      Pedro Gómez Cello
La Camila
Vera Y Pintado
La Criolla Y La Penca
Cayastacito
Calaguata
VERA        Fortín Olmos
Garabato
Toba
Vera
La Gallareta
Margarita
Calchaquí
Intiyaco
SAN JAVIER      Alejandra
San Javier
La Brava
Romang
Colonia Durán
Cacique Ariacaiquin
CASTELLANOS       Hugentobler
Sunchales
Tacural
Tacurales
La Capital
Llambi Campbell
Nelson
GENERAL OBLIGADO Malabrigo
GARAY  Helvecia
Colonia Mascias
SAN CRISTOBAL Suardi




FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani

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