CONSIDERANDO
Que la Provincia de SANTA CRUZ presentó para su tratamiento el Decreto Provincial N° 611 de fecha 24 de junio de 2024, en la reunión de fecha 17 de julio de 2024 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509 y sus modificatorias.
Que mediante el Artículo 1° del Decreto Provincial N° 611/24 se ratificó en todos sus términos la Resolución N° 242 de fecha 24 de junio de 2024 del Consejo Agrario Provincial, mediante la cual se declaró, ad referéndum del PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, a las zonas afectadas por intensas nevadas y temperaturas extremas bajo cero, de los Departamentos de Lago Buenos Aires, Río Chico, Lago Argentino, Magallanes, Corpen Aike, Deseado y Güer Aike, por el término de UN (1) año, a partir del día 18 de junio de 2024.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar el estado de emergencia agropecuaria, en los términos de la Ley N° 26.509 y sus modificatorias, con el alcance propuesto por la Provincia de SANTA CRUZ.
Que, asimismo, la citada Comisión estableció el día 18 de junio de 2025 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712/09.
Por ello,