CONSIDERANDO
Que la Ley N° 24.013 en su artículo 81 faculta al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a establecer programas destinados a fomentar el empleo de las trabajadoras y los trabajadores que presenten mayores dificultades de inserción laboral.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 45/2006 se creó el PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL, con el objeto de promover la incorporación de trabajadoras y trabajadores en empleos de calidad y/o la mejora de sus condiciones de empleo, mediante la asignación de una ayuda económica mensual que podrá ser descontada de su salario por las/os empleadoras/es.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 2186/2010 se se aprobó el Reglamento del PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 708/2010, y modificatorias, se regulan las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO, las cuales tienen por objeto mejorar las condiciones de empleabilidad de trabajadoras y trabajadores desocupados mediante el desarrollo de prácticas en ambientes de trabajo que incluyan procesos formativos y acciones de tutoría tendientes a enriquecer sus habilidades y destrezas laborales.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 905/2010 y modificatorias, se aprobó el Reglamento de las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO.
Que la Decisión Administrativa N° 1662/2020 aprobó la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo vigente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 152/2021 aprobó los lineamientos generales del PORTAL EMPLEO.
Que dicho PORTAL EMPLEO constituye una plataforma digital pública, de alcance nacional y gratuita que tendrá por objetivo facilitar el acceso y fortalecer la implementación de las políticas de promoción del empleo y formación profesional desarrolladas en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL destinadas a mejorar las condiciones de empleabilidad y competencias laborales de trabajadores y trabajadoras afectados por problemáticas de empleo, promover su inserción o reinserción en el mercado laboral formal, asalariado o independiente, y/o mejorar sus condiciones de empleo.
Que la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Nº 4/2021 creó el PROGRAMA JÓVENES Y MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PROGRAMA JÓVENES Y MIPYMES), que tiene como objeto aunar los esfuerzos, logística, recursos y circuitos de los Programas de Formación Profesional y de Promoción del Empleo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL con las políticas y herramientas de promoción y financiamiento a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a fin de potenciar en forma conjunta la creación de nuevas fuentes de producción y de nuevos puestos de trabajo.
Que entre las prestaciones previstas por el referido PROGRAMA JÓVENES Y MIPYMES se encuentran las de la postulación de las y los jóvenes participantes a las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO, así como la promoción de su inserción laboral a través del PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL.
Que asimismo, a través de la citada Resolución Conjunta del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 4/2021, se abrogó la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN N° 1/2016, por la cual se creara el PROGRAMA NACIONAL PARA LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA.
Que la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 4/2021, facultó a esta SECRETARÍA DE EMPLEO a dictar, en el ámbito de sus competencias, las normas reglamentarias y operativas del PROGRAMA JÓVENES Y MIPYMES.
Que por lo expuesto, deviene necesario adecuar la normativa de las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO y la del PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL en concordancia con la estructura organizativa vigente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con las previsiones para la implementación del PORTAL EMPLEO y con lo dispuesto en la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 4/2021.
Que asimismo, resulta pertinente realizar otras modificaciones y actualizaciones en las normativas antes mencionadas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/2019, por el artículo 17 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 45/2006, por el artículo 21 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 708/2010 y por los artículos 6° y 9° de la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 4/2021.
Por ello,