CONSIDERANDO
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 497/2008 se creó el PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO, el cual tiene por objeto generar oportunidades de inclusión social y laboral para jóvenes a través de acciones integradas que les permitan identificar el perfil profesional en el cual deseen desempeñarse, finalizar su escolaridad obligatoria, realizar experiencias de formación y/o de prácticas calificantes en ambientes de trabajo, iniciar una actividad productiva de manera independiente o insertarse en un empleo.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 764/2011 y modificatorias, se aprobó el Reglamento del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO.
Que por el Título IV – “De las Prestaciones Específicas del Programa” del Reglamento del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO, se regula la ejecución de las prestaciones específicas ofrecidas por el citado Programa a sus participantes, a saber: 1) Cursos de Introducción al Trabajo, 2) Cursos de Apoyo a la Empleabilidad e Integración Social; 3) Talleres de Apoyo a la Búsqueda de Empleo y 4) Clubes de Empleo.
Que por el Capítulo III del citado Título se establece el procedimiento para la ejecución de Cursos de Introducción al Trabajo y de Apoyo a la Empleabilidad e Integración Social, con asistencia económica de la SECRETARÍA DE EMPLEO a las Instituciones Ejecutoras, precisándose en el artículo 95 los rubros a destinarse tal asistencia.
Que para un mejor orden administrativo y de gestión del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO, resulta pertinente fijar los montos máximos a asignarse para cada rubro de asistencia económica destinado a la ejecución de Cursos de Introducción al Trabajo y de Apoyo a la Empleabilidad e Integración Social.
Que la Dirección General de Administración y Programación Financiera y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios, y por el artículo 19 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 497/2008 y modificatorias.
Por ello,