CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, asignándole a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del mencionado Ministerio competencia en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.
Que la Ley Nº 24.467 y sus modificatorias, tiene como objeto promover el crecimiento y el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas y encomienda a la Autoridad de Aplicación la definición de las características de las empresas a fin de ser consideradas como tales.
Que por el Artículo 27 de la Ley Nº 24.467 y sus modificatorias, se instruye a la Autoridad de Aplicación a crear el Registro de Empresas MiPyMES a fin de contar con información actualizada sobre la composición y características de los diversos sectores de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que permita el diseño de políticas e instrumentos adecuados para el apoyo de estas empresas; recabar, registrar, digitalizar y resguardar la información y documentación de empresas que deseen o necesiten acreditar la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa; y emitir certificados de acreditación de la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa.
Que, asimismo, el mencionado Artículo 27 faculta a la Autoridad de Aplicación a establecer las condiciones y limitaciones en que la información y la documentación incluida en el Registro de Empresas MiPyMES podrá ser consultada y utilizada por los organismos públicos como por las instituciones privadas, entre otros, garantizando la seguridad en el tratamiento de la información.
Que mediante la Resolución N° 38 de fecha 13 de febrero de 2017 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se creó el Registro de Empresas MiPyMES, dando cumplimiento al Artículo 27 de la Ley N° 24.467, sustituido por el Artículo 33 de la Ley N° 27.264.
Que por la Resolución Nº 220 de fecha 12 de abril de 2019 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se adecuó la operatoria y se unificó un solo plexo normativo mediante el cual se establecen las características aplicables para la categorización de las empresas como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, y la creación del Registro de Empresas MiPyMES.
Que el Artículo 13 de la Resolución Nº 220/19 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, prevé la forma y condiciones en que se podrá compartir la información contenida en el Registro de Empresas MiPyMES.
Que resulta pertinente modificar el Artículo 13 de la Resolución N° 220/19 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA en miras a agilizar y simplificar la consulta sobre la condición PyME de las empresas registradas en el Registro de Empresas MiPyMES y la vigencia del Certificado MiPyME, a efectos de la implementación de beneficios, productos y/o servicios para MiPyMES.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por los Artículos 2º y 27 de la Ley Nº 24.467 y sus modificatorias, 1º y 55 de la Ley Nº 25.300 y sus modificatorias, y por el Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios.