CONSIDERANDO
Que la Provincia de MISIONES presentó para su tratamiento el Decreto Provincial N° 2.005 de fecha 2 de noviembre de 2023, en la reunión de fecha 23 de noviembre de 2023 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias.
Que mediante el Artículo 1° del Decreto Provincial Nº 2.005/23 se declaró el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, en los departamentos de Guaraní, San Pedro, 25 de Mayo, Oberá, San Javier, Cainguás, San Ignacio, Leandro Nicéforo Alem, Libertador General San Martín, Montecarlo, El Dorado, Iguazú, General Manuel Belgrano de la Provincia de MISIONES por las tormentas de granizo, fuertes vientos y las precipitaciones prolongadas.
Que, por su Artículo 2°, se estableció la vigencia de tal declaración desde el 1° de noviembre de 2023 por un plazo de CIENTO OCHENTA DÍAS (180) días corridos.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, con el alcance propuesto por la Provincia de MISIONES.
Qué, asimismo, la citada Comisión estableció el día 29 de abril de 2024 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto Reglamentario Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios –t.o. 1992- y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712/09.
Por ello,