CONSIDERANDO
Que por el Decreto N° 336/2006, se instituyó el SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO, de base no contributiva, con el objeto de brindar apoyo a trabajadoras y trabajadores desocupadas/os en la búsqueda activa de empleo, en la actualización de sus competencias laborales, en su inserción en empleos de calidad y/o en el desarrollo de emprendimientos independientes.
Que el SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO prevé la asignación de una prestación dineraria mensual para el trabajador o trabajadora desocupado/a, el reconocimiento a los fines previsionales del tiempo de su permanencia en él, la participación del trabajador o de la trabajadora en acciones de formación profesional, de certificación de estudios formales, de entrenamiento para el trabajo, de orientación y apoyo a la búsqueda de empleo, y de asistencia a la inserción laboral, bajo relación de dependencia o en forma autónoma.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 502/2006, y modificatorias, se establecieron las condiciones de acceso y lineamientos generales del SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1100/2012, y modificatorias, se aprobó el Reglamento del SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO.
Que a través del Decreto N° 50/2019 se aprobó el organigrama de aplicación y los objetivos de las Unidades Organizativas de la Administración Nacional centralizada.
Que a través de dicho Decreto se conformó, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN TERRITORIAL, con el objetivo, entre otros, de participar, a través de las unidades organizacionales distribuidas en el territorio nacional, en lo concerniente a la Red de Servicios de Empleo y a la implementación, por su intermedio, de planes, programas y acciones de empleo y capacitación laboral.
Que a través de la Decisión Administrativa N° 1662/2020 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL hasta el segundo nivel operativo, manteniendo vigentes las aperturas estructurales de nivel inferior.
Que las Agencias Territoriales, dependientes de la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN TERRITORIAL, se encuentran normadas en la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO N° 9/2018, siendo sus acciones, entre otras, las de gestionar la ejecución articulada de las políticas, planes, programas y acciones para promover el empleo, la capacitación laboral y el mejoramiento en las condiciones de empleo y de empleabilidad de los trabajadores y las trabajadoras en su jurisdicción.
Que, a través de las Agencias Territoriales, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL cuenta con una estructura territorial, con representación y presencia en todas las provincias del país.
Que la implementación del SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO se lleva adelante en el territorio con la intervención de los municipios y de sus Oficinas de Empleo integradas a la Red de Servicios de Empleo, coordinada por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que resulta pertinente fortalecer y ampliar el rol de las Agencias Territoriales dentro del SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO, facultándolas a llevar adelante su implementación, en su ámbito territorial de incumbencia, con funciones similares a las asignadas a las Oficinas de Empleo, a fin de garantizar y facilitar el acceso a sus prestaciones por parte de sus destinatarias y destinatarios.
Que, asimismo, deviene necesario actualizar el texto del Reglamento del SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO, adecuándolo a la nueva estructura organizativa vigente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 50/2019 y por el artículo 17 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 502/2006 y sus modificatorias y complementarias.
Por ello,