CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001 se efectuaron modificaciones en la Nomenclatura Común del MERCOSUR.
Que dichas modificaciones consistieron en la reducción de los Derechos de Importación Extrazona de ciertas posiciones arancelarias correspondientes a bienes destinados a la inversión y el aumento de estos gravámenes aplicados a las importaciones de bienes de consumo.
Que resulta conveniente efectuar ciertos ajustes en el universo de mercaderías sujeto a los derechos de importación extrazona asignados a través de la Resolución citada en el primer Considerando.
Que esta medida se inscribe en los términos de la Decisión del Consejo del MERCADO COMUN Nº 1 de fecha 7 de abril de 2001.
Que la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado intervención en la confección de la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), modificada por las Leyes Nº 24.190 y Nº 25.233, Ley Nº 24.425 y en la Ley Nº 22.792 y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 751 de fecha 8 de marzo de 1974, 101 de fecha 16 de enero de 1985, 2752 de fecha 26 de diciembre de 1991 y 2275 de fecha 23 de diciembre de 1994.
Por ello,