CONSIDERANDO
Que el Artículo 3° de la Ley N° 24.013 establece que la política de empleo comprende acciones de promoción y defensa del empleo, de protección a trabajadoras y trabajadores en situación de desempleo, y de formación y orientación profesional para el empleo.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL es Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.013 y tiene la responsabilidad de establecer programas destinados a fomentar el empleo de las trabajadoras y los trabajadores que presenten mayores dificultades de inserción laboral.
Que por la Resolución N° RESOL-2021-647-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se creó el PROGRAMA FOMENTAR EMPLEO que tiene por objeto asistir a trabajadoras y trabajadores con dificultades para ingresar al empleo formal en el desarrollo de su proyecto ocupacional, a través del acceso a prestaciones que les permitan mejorar sus competencias laborales e insertarse en empleos de calidad.
Que por la Resolución N° RESOL-2022-328-APN-SE#MT de la SECRETARÍA DE EMPLEO y sus modificatorias se aprobó el Reglamento del PROGRAMA FOMENTAR EMPLEO.
Que el PROGRAMA FOMENTAR EMPLEO se encuentra destinado a trabajadoras y trabajadores de DIECIOCHO (18) años de edad o más que se encuentren en búsqueda activa de empleo y que al momento de solicitar su incorporación al Programa y de acceder a cada prestación, no cuenten con trabajo registrado en el sistema de seguridad social dentro de los últimos TRES (3) meses de información disponible, con excepción del Monotributo Social y del RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES, regulado por la Ley N° 26.844 y sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias.
Que el PROGRAMA FOMENTAR EMPLEO brinda, a toda su población destinataria, las siguientes prestaciones generales: servicios de orientación laboral y asistencia a la búsqueda de empleo, servicios de intermediación laboral, servicios de formación profesional y procesos de certificación de competencias laborales, y a los grupos poblacionales con tratamiento especial además les ofrece las siguientes prestaciones específicas: prácticas en ambientes de trabajo y acciones de promoción a la inserción en el trabajo registrado.
Que, con la creación del PROGRAMA FOMENTAR EMPLEO, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL inició un proceso de reordenamiento y simplificación de los programas poblacionales de empleo gestionados por esta Secretaría, haciendo confluir en el marco del PROGRAMA FOMENTAR EMPLEO las políticas de promoción del empleo orientadas a grupos poblacionales provenientes de otros programas, y ampliándolas a nuevos grupos poblacionales.
Que, en ese sentido, por la Resolución N° RESOL-2022-609-APN-SE#MT de la SECRETARÍA DE EMPLEO se aprobaron las Normas de Integración y Articulación entre el PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO, creado por la Resolución N° 497/2008 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y sus modificatorias, y el PROGRAMA FOMENTAR EMPLEO.
Que por el Artículo 39 del Reglamento del PROGRAMA FOMENTAR EMPLEO, se estableció que en una primera etapa de implementación del Programa podrían incluirse, como parte de la oferta de actividades de orientación laboral del PROGRAMA FOMENTAR EMPLEO, los cursos de introducción al mundo del trabajo, los talleres de apoyo a la empleabilidad e integración social y otros talleres de apoyo a la búsqueda de empleo que implementados en el marco de otros programas o políticas de empleo administrados por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, como el PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO.
Que, en este marco, resulta pertinente precisar y ordenar las reglas de participación de las personas adherentes al PROGRAMA FOMENTAR EMPLEO en las prestaciones ofrecidas por el Programa, buscando propiciar el desarrollo completo de las prestaciones, así como también restringir la reiteración de participación en prestaciones similares.
Que, en función de tal objetivo, deviene necesario realizar adecuaciones tanto en el Reglamento del PROGRAMA FOMENTAR EMPLEO como en las normas de integración y articulación del citado programa con el PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° DCTO-2019-50-APN-PTE y sus modificatorios, y por el Artículo 12 de la Resolución N° RESOL-2021-647-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Por ello,