CONSIDERANDO
Que por la Resolución N° RESOL-2017-21-APN-MA de fecha 23 de febrero de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias, se creó el REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROINDUSTRIAL (RUCA) en el ámbito de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que por el Artículo 8° de la citada Resolución N° RESOL-2017-21-APN-MA se aprobó, como Anexo I registrado con el número IF-2017-02781638-APN-DNMF#MA, el “REGLAMENTO PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROINDUSTRIAL”.
Que por el Artículo 9° de la citada Resolución N° RESOL-2017-21-APN-MA se aprobó la Planilla “Aranceles”, como Anexo II registrado con el N° IF-2017-02781695-APN-DNMF#MA.
Que resulta necesario proceder a una adecuación de los aranceles y actividades establecidos en los mencionados Anexos I y II.
Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,