CONSIDERANDO
Que por la Resolución N° 523 de fecha 5 de julio de 2017 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificaciones, se estableció un régimen de tramitación de Licencias Automáticas y No Automáticas de Importación para las mercaderías comprendidas en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) con destinación de importación definitiva para consumo.
Que del mismo modo, se determinó que las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) individualizadas en los Anexos II a XIV de la citada resolución, estarán sujetas a la tramitación de Licencias de Importación de tipo “No Automáticas”.
Que la instrumentación de un Sistema de Licencias de Importación, en tanto provee de información estadística en niveles generales y particulares que permite identificar comportamientos disruptivos del comercio exterior, resulta una herramienta clave para la gestión de la política comercial externa con miras al desarrollo productivo nacional y acorde al contexto actual de las relaciones comerciales internacionales.
Que se ha identificado una serie de bienes respecto a los cuales, en función de la actual coyuntura económica, resulta indispensable evaluar sus respectivos flujos comerciales por lo que resulta aconsejable modificar la Resolución N° 523/17 de la SECRETARÍA DE COMERCIO y sus modificaciones.
Que, a partir de las modificaciones aludidas, resulta oportuno simplificar la estructura actual de anexos de la resolución citada, a fin de optimizar y facilitar su interpretación y aplicación.
Que a través del Decreto N° 451 de fecha 3 de agosto de 2022 se establecieron las competencias del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de acuerdo a la estructura orgánica vigente.
Que mediante el Decreto N° 480 de fecha 10 de agosto de 2022, se determinaron las acciones y objetivos de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que por las razones expuestas precedentemente, resulta necesario adecuar la Autoridad de Aplicación del presente régimen establecido en la Resolución N° 523/17 de la SECRETARÍA DE COMERCIO y sus modificaciones.
Que a fin de instrumentar las modificaciones mencionadas precedentemente y evitar la dispersión normativa de su tratamiento, corresponde derogar íntegramente los Anexos IV, V, VII, VIII, X, XIII y XIV de la Resolución N° 523/17 de la SECRETARÍA DE COMERCIO y sus modificaciones y unificar en un único anexo (Anexo II) el universo de posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) alcanzadas por la tramitación de Licencias de Importación No Automáticas.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente resolución se dicta en función de lo dispuesto por la Ley N° 24.425 y el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,