ANA

Resolución N° 998/1981

ASUNTO

Normas para la "Importación de Automotores" - Modifícase el "Certificado para patentar automotores y motocicletas importadas".

Fecha de emisión: 13/03/1981

B.O.: 13/03/1981

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO que en la División Organización y Sistemas se está implantando la incorporación en el Sistema de Computación del Registro de Automotores y Motocicletas Importadas, y

CONSIDERANDO

La necesidad de acelerar la puesta en marcha del Programa;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Anexo "A" que forma parte integrante de la presente y que reemplazará al Anexo V de la Resolución N° 5107/80 (BANA N° 245/80).


Modifica a:


Art. 2°.- Derogar el Anexo V de la Resolución N° 5107/80 (BANA N° 245/80).


Art. 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Cumplido, archívese.


Anexo V "A"

CERTIFICADOS PARA PATENTAR AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS IMPORTADOS

La confección de los Certificados, su firma y entrega estará a cargho de la jurisdicción por donde se produjo la importación para consumo.

A partir del día 1° de abril de 1981, la División Resguardo del Departamento Operativa Capital y las demás aduanas del país remitirán a la División Organización y Sistemas una copia de todos los certificados que expidan para la inscripción de automores en el Registro de la Propiedad del Automotor y de motocicletas importados.

La entrega de los certificados de automotores se ajustará a lo dispuesto por Resolución Conjunta, Resolución ANA N° 1117/80, Disposición D.N.R.N.P.A. y C.P. N° 212/80 (BANA N° 60/80), y los de motocicletas a la fórmula cuyo modelo se agrega a la presente como Anexo VIII.

 

El presente Anexo aprobado por Resolución N° 998/81, es la Primera Modificación del anterior Anexo V que integrar la Resolución N° 5107/80 (Bol. ANA N° 245/80)




FIRMANTES

JUAN C. MARTINEZ

ARCA
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