RESOLUCIÓN N° 5.139/80 (RGRETA) - Apruébese Anexo I de la presente, el que se incorpora como Anexo III de la Resolución RGRETA N° 4.712/80 (BANA N° 230/80), el que en este mismo acto se deroga.
Fecha de emisión: 12/12/1980
B.O.: 30/12/1980
Fe de Erratas: -
Estado de la Norma: Vigente
AREA ADUANERA ESPECIAL
AREA FRANCA
Esta norma modifica a:
VISTO la Resolución RGRETA N° 4712/80; y
CONSIDERANDO
Que es necesario introducir modificaciones al Anexo III de la misma;
Por ello y en ejercicio de la facultad conferida por el Artículo 4° de la Ley de Aduana (t.o. 1962 y sus modificatorios),
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Anexo I de la presente resolución, referente a:
"De las operaciones de importación y/o exportación entre las distintas Areas Aduaneras previstas por la Ley 19640 y de éstas con el exterior. Normas operativas de carácter general", el que se incorporará como Anexo III de la Resolución RGRETA N° 4712/80 (BANA N° 230/80).
Modifica a:
ARTÍCULO 2°.- Derogar el Anexo III de la Resolución RGRETA N° 4712/80 (BANA. N° 230/80).
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional; cumplido, archívese.
ANEXO
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Juan Carlos Martínez