ANA

Resolución N° 3083/1990

ASUNTO

Apruébanse los Anexos I "B" y VIII "B" de la presente, que reemplazarán a los Anexos I y VIII "A" de la Resolución N° 2522/87, deróganse los Anexos I "A" y VIII de la Resolución indicada.

Fecha de emisión: 14/12/1990

B.O.: 31/12/1990

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Abrogada



Visto la Resolución N° 2522/87 -BANA 188/87-, referida al régimen de identificación de mercaderías de origen extranjero, y

CONSIDERANDO

Que la Cámara de Fabricantes de Fósforos mediante Expediente N° 417.750/90 solicita la inclusión en el régimen de identificación mencionado en el visto de fósforos importados;

Que en tal virtud corresponde disponer lo necesario a todos los efectos legales pertinentes;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 23, Inciso i) de la Ley 22.415,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Aprobar el Anexo I "B" (índice temático) que reemplaza al Anexo I de la Resolución N° 2522/87.


Modifica a:


ARTICULO 2°- Aprobar el Anexo VIII "B" de esta resolución, que reemplaza al Anexo VIII "A" de la Resolución N° 2522/87.


ARTICULO 3° - Derogar los Anexos I "A" y VIII "A" de la Resolución N° 2522/87.


ARTICULO 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Remítase copia a la Subsecretaría de Finanzas Públicas. Cumplido archívese.


ANEXO I "B"

INDICE TEMATICO

ANEXO  TEMA
II NORMAS DE CARACTER TECNICO
III NORMAS DE CARACTER OPERATIVO
IV NORMAS DE CARACTER ADMINISTRATIVO
V RUBRO TEXTILES.
VI RUBRO ELECTRONICA
VII RUBRO RELOJES
VIII RUBRO ENCENDEDORES Y FOSFOROS
IX RUBRO PERFUMERIA
X RUBRO OPTICA
XI RUBRO JUGUETES
XII NORMAS PARA LA IDENTIFICACION DE MERCADERIAS PROVENIENTES DE SUBASTAS
XIII FORMULARIO OM-946 ACTA DE VERIFICACION
XIV FORMULARIO OM-1747 ENTREGA DE VALORES FISCALES
XV FORMULARIO OM-600 A MOVIMIENTO DE ESTAMPILLAS
XVI FORMULARIO OM-598 A MOVIMIENTO DE ESTAMPILLAS
XVII FORMULARIO OM-597 A MOVIMIENTO DE ESTAMPILLAS-BALANCE GENERAL
XVIII SELLO CONSTANCIA ENTREGA DE MERCADERIA
XIX DISEÑO DE ESTAMPILLA PARA CONSUMO EN A.A.E.
XX DISEÑO ESTAMPILLA PRODUCIDO EN A.A.E.
XXI NORMAS SOBRE UTILIZACION DE ESTAMPILLAS
XXII DISEÑO DE ESTAMPILLA.
XXIII DISEÑO DE ESTAMPILLA
XXIV DISEÑO DE ESTAMPILLA

NOTA: El original del Anexo I fue aprobado por Resolución N°2522/87.

La primera modificación fue aprobada por Resolución N°3130/87.

Esta es la segunda modificación que se realiza par Resolución N°3083/90.


ANEXO VIII "B"

ENCENDEDORES Y FOSFOROS

ENCENDEDORES

1.Se identificará unicamente:

1.1 Encendedores nuevos, de oro o plata, armados, completos.

1.2 Encendedores Posición NADI 98.10.00.01.00

1.3 Encendedores electrónicos a pila Posición NADI 98.10.00.01.01

1.4 Los demás, Posición NADI 98.10.00.01.99.

2 Forma de identificación

2.1 La estampilla deberá adherirse sobre los encendedores, no resultando necesario que queden a la vista.

2.2 Cuando se presenten en Blister (burbuja plástica adherida sobre cartón que encierra al encendedor) se procederá de la siguiente manera:

a) Blister con más de una unidad:

Las estampillas se colocarán en el reverso de manera tal que el troquelado quede en su parte media, de acuerdo con la siguiente ilustración:

Visualizar Imágen

b) Blister individual:

Las estampillas se colocarán en el reverso del envase, de acuerdo con la siguiente ilustración:

Visualizar Imagen

3. En los casos señalados en el punto 2.2 precedente, se considerará transgresión al régimen cuando no obstante encontrarse la estampilla inalterable el frente del blister tenga señales de apertura.

FOSFOROS

1. Se identificarán unicamente:

Fósforo. Posición N.A.D.I. 36.06.00.00.00

2.Formas de identificación

Se aplicará la estampilla uniendo la cara inferior y la cara superior de la caja de fósforos por cualquiera de los lados por donde se apertura dicha caja.

NOTA : El original del Anexo VIII fue aprobado por Resolución N°2522/87.

La primera modificación fue aprobada por Resolución N°1607/88.

Esta es la segunda modificación que se realiza por Resolución N°3083/90.




FIRMANTES

Alfredo A. Gusman

ARCA
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