ANA

Resolución N° 3078/1986

ASUNTO

Inscripción de los auxiliares del comercio y del servicio aduanero, sus apoderados generales y dependientes. Uso de credenciales de identificación.

Fecha de emisión: 27/11/1986

B.O.: 27/11/1986

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Abrogada



VISTO las Resoluciones Nos. 2163/86 y 2164/86 por las que se norma la inscripción de los auxiliares del comercio y del servicio aduanero, sus apoderados generales y dependientes, y

CONSIDERANDO

Que por los referidos actos legales se aprobó el uso de credenciales de identificación de los mismos para actuar ante la Aduana.

Que recientemente el Consejo Coordinador - Decreto No. 6675/63 - integrado por la Administración General de Puertos, Prefectura Naval Argentina y esta Administración Nacional de Aduanas acordó unificar en un solo documento la habilitación de identifi­cación de Despachantes, Agentes de Transporte Aduanero y sus re­presentantes para actuar en jurisdicciones nacionales comunes a los referidos Organismos.

Que en consecuencia es necesario rectificar los diseños actualmente aprobados, ampliándolos para que conste la autorización de los restantes Organismos mencionados.

Que la presente norma se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 23, incisos i) y t) de la Ley 2.415.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar los formularios OM-1812"B" - Credencial de Despachante de Aduana y talón -, OM-1814"B" - Libreta Credencial de Apoderado General de Despachante de Aduana -, OM-1816"B" - Libreta Credencial de Dependiente de Despachante de Aduana -, OM-1936"A" - Credencial de Agente de Transporte Aduanero y talón -, OM-1938 "A" - Libreta Credencial de Apoderado General de Agente de Transporte Aduanero- y OM-1940"A" - Libreta Credencial de Dependiente de Agente de Transporte Aduanero - que se agregan como ANEXOS "A", "B", "C", "D" y "F" respectivamente de la presente y que pasarán a integrarse los tres primeros como ANEXOS XI, XVI y XIX de la Resolución No. 2163/86 y los tres citados en útimo término como ANEXOS XIII, XVI y XIX de la Resolución No.2164/86.


Modifica a:


ARTICULO 2°.- Las credenciales aprobadas en el articulo prece­dente tendrán validez identificatoria en las respectivas jurisdicciones de esta Administración Nacional, Prefectura Naval Argentina y Administración General de Puertos cuando presenten la intervención de los referidos Organismos.


ARTICULO 3°.- Derogar los formularios OM-1812"A", 1814"A", - 1816"A" y los ANEXOS XI, XVI y XIX de la Resolución No 2163/86 (B.A.N.A. No. 178/86) y los OM-1936, 1938 y 1948 y los ANEXOS XIII, XVI y XIX de la Resolución No. 2164/86 (B.A.N.A. No. - 179/86).


ARTICULO 4°.- Regístrese. Publíquese en Boletín de esta Administración Nacional. Remítase copia a la Secretaría de Hacienda, Prefectura Naval Argentina y a la Administración General de Puertos. Cumplido,archívese.




FIRMANTES

Alberto A. Garbarino

ARCA
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