ANEXO XI "B"
LISTADO DE POSICIONES NCE - JUGUETES
1.Se identificarán únicamente:
NCE DESCRIPCION-OBSERVACIONES
9503.10.100 ROMPECABEZAS, MODELOS Y JUGUETES, EXCLUIDOS
9503.20.100 LOS: TRICICLOS, PATINETAS, COCHES DE PEDALES,
9503.30.100 COCHES DE MUÑECAS, LOS JUEGOS DE SOCIEDAD Y
9503.41.100 AEROMODELISMO, LAS BOLITAS DE VIDRIO Y LOS
9503.49.100 GLOBOS.
9503.50.100
9503.60.000
9503.70.100
9503.80.100
9503.90.100
2. Formas de identificación:
2.1. La estampilla se colocará en la parte fija de los mismos. Debe tratarse que la estampilla quede a la vista para facilitar la comprobación.
En caso de que ello resulte imposible por la índole o construcción del bien, o a fin de no dañar el material constitutivo externo de su parte fija, podrá ser colocada en su interior sobre una parte fija.
2.2. El adhesivo a utilizar en el pegado de tales instrumentos fiscales, estará constituído a base de recina o caucho sintético en emulsión acuosa, que no permita el desprendimiento de los mismos, sin su deterioro parcial o total.
2.3. Cuando se trate de juguetes para armar, pintar, enmasillar y cementar que se presentan en sus cajas de venta al minoreo, abierta (sin envase plástico exterior termocontraíble), y que dentro de las cajas vienen acondicionados en sobres plásticos con una sola apertura conteniendo varios esqueletos plásticos con las piezas adheridas a ellos, y que también en algunos modelos se presentan con una o dos piezas (generalmente carrocerías o chasis), sueltos sin bolsas plásticas dentro de las mencinadas cajas.
Dichos productos se identificarán de la siguiente forma: La estampilla se colocará en el doblez de la apertura de la bolsa plástica, doblándola por el medio y fijándola al citado doblez con un gancho metálico, de los utilizados en las abrochadoras de papel, no haciendo falta identificar la totalidad de las bolsas, sino una sola de ellas, siguiendo las instrucciones de las figuras 1 al 6.
Visualizar Figuras 1 a 6
NOTA: El original Anexo XI fue aprobado por Resolución Nº 2522/87.
La primera modificación fue aprobada por Resolución N° 1060/90.
Esta es la modificación aprobada por Resolución N° 2506