ANA

Resolución N° 2161/1993

ASUNTO

Modificación de la Resolución N° 2013/93.

Fecha de emisión: 02/09/1993

B.O.: 06/09/1993

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Abrogada



VISTO la nota SP 252 (24 de agosto de 1993) de la PRESIDENCIA del INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL (I.A.S.CA.V.). la resolución A.N.A. N° 2013/93 (B.O. 13 de agosto de 1993), y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 10 de la resolución ANA N° 2013/93 el INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL (I.A.S.CA.V.) solicita la eliminación de las partidas 23.02: 23.04: 23.05 y 23.06 del Sistema Armonizado del Anexo II de la citada resolución;

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el articulo 23, Inc. i) de la Ley N° 22.415;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Anexo II A que forma parte Integrante de la presente, el que reemplaza el Anexo II de la resolución A.N.A. N° 2013/93.


Modifica a:


Art. 2° — Derógase el Anexo II de la resolución A.N.A. N° 2013/93.


Art. 3° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el boletín de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL. Remítase copia a la SECRETARIA DE AGRICULTURA. GANADERÍA Y PESCA, a la SECRETARIA DE SALUD, a la SECRETARIA DE INGRESOS PÚBLICOS, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR (ROU). a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA de la ALADI (ROU) y a la SECRETARIApE CONVENIO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA MUTUA entre las DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS DE AMERICA LATINA. ESPAÑA Y PORTUGAL. Cumplido. archívese.


ANEXO II A

NOMINA DE CAPÍTULOS. PARTIDAS O POSICIONES QUE DEBEN CERTIFICAR ESTAR AUTORIZADOS PARA LA EXPORTACIÓN

  OBSERVACIONES

07.01

07.02

07.03

07.04

07.05

07.06

07.07

07.08

07.09

07.10

07.12

07.13

07.14

08.01

08.02

08.03

08.04

08.05

08.06

08.07

08.08

08.09

08.10

08.13

0901.11.000

Únicamente los no acondicionados para su venta directa al público.

09.09

09.10

10.01

10.02

10.03

10.04

10.05

10.06

Únicamente los no acondicionados para su venta directa al público.

12.01

12.02

12.03

12.04

12.05

12.06

12.07

12.09

 

NOTA: -El original del Anexo II fue aprobado por resolución ANA N° 2013/93.

-Esta es la primera modificación aprobada por resolución A.N.A. N° 2161/93.




FIRMANTES

Gustavo A. Parino

ARCA
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