CONSIDERANDO
Que mediante la citada norma se estableció -para los sujetos comprendidos en su artículo 1°- la obligación de actuar como agentes de información con relación a quienes resulten titulares o tengan participación en el capital social o equivalente del respectivo ente, como también de sus directores, gerentes, administradores, síndicos y miembros del consejo de vigilancia.
Que, para facilitar a los responsables el cumplimiento de su obligación, como también a esta Administración Federal el análisis y evaluación de la información suministrada, resulta necesario aprobar la utilización de un nuevo programa aplicativo.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Informática de Fiscalización y de Programas y Normas de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y su complementario.
Por ello,