ARTICULO 1°.- Establécense para el año calendario 2001, las fechas de vencimiento general que, para cada una de las resoluciones generales que se indican seguidamente, se fijan en el Anexo de la presente:
a) Resolución General N° 3.610 (DGI) y sus modificaciones, artículo 1°.
b) Resolución General N° 3.834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General N° 712 y su modificación, artículo 15.
c) Resolución General N° 3.847 (DGI), sus modificatorias y complementarias, artículo 9°.
d) Resolución General N° 4.120 (DGI), su modificatoria y complementarias, artículo 4°.
e) Resolución General N° 4.150 (DGI), sus modificatorias y complementarias, artículo 13.
f) Resolución General N° 4.159 (DGI), sus modificatorias y complementarias, artículo 18.
g) Resolución General N° 309, artículo 1°.
h) Resolución General N° 327, su modificatoria y complementarias, artículo 23.
i) Resolución General N° 352 y sus complementarias, artículo 5°.
j) Resolución General N° 550, su modificatoria y su complementaria, artículo 11.
k) Resolución General N° 597, artículo 8°.
l) Resolución General N° 619, sus modificatorias y complementarias, artículos 7°, 8° y 9°.
m) Resolución General N° 715 y sus complementarias, artículo 7°.
n) Resolución General N° 725, sus modificatorias y complementaria, artículo 7°.
ñ) Resolución General N° 738, su modificatoria y complementarias, artículo 2°.
o) Resolución General N° 808 y su complementaria, artículos 7° y 12.
p) Resolución General N° 841, artículo 8°.