ANA

Resolución General N° 913/1993

ASUNTO

Modificación de la Resolución 2382/91, que reglamenta el Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre

Fecha de emisión: 30/04/1993

B.O.: 13/05/1993

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Resolución Nº 2382/91 y sus modificaciones, reglamentaria del Acuerdo de Alcnce Parcial de Transporte Internacional Terrestre, y

CONSIDERANDO

Que en la IX Reunión del Subgrupo Nº 2 “ASUNTOS ADUANEROS” del Grupo Mercado Común el Sur, se acordó la modificación del Instructivo de llenado del MIC/DTA con respecto a los Campos 24, 32, 43, 45 y 47 a los efectos de cumplir con lo dispuesto en el Item 1.5 del Acta de la VIII Reunión de dicho Sub-Grupo Técnico.

Que, además, corresponde incorporar a la Resolución citada en el VISTO la modificación al título INSCRIPCIÓN del Anexo II de esa Resolución, dispuesto por la Resolución 2783/92, como así también lo dispuesto en la Circular Télex Nº 85/92 para el uso de camiones no habilitados para el transporte internacional hasta la aduana de salida, y los requisitos a cumplir con relación a las mercaderías sujetas a la intervención sanitaria previstos en la Resolución Nº 2545/92.

Que, asimismo, resulta necesario revisar el procedimiento para la presentación del MIC/DTA en la Aduana de Partida, también contemplado en el citado Anexo II, atendiendo para ello las necesidades de este modo de transporte para iniciar la operación de tránsito aduanero internacional (TAI) en días inhábiles, toda vez que en esos horarios no se encuentra ni puede habilitarse la dependencia competente para registral el MIC/DTA.

Que la presente se dicta en uso de la facultad conferida por el Artículo 23, inciso i) de la Ley 22.415.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1º- Aprobar el Anexo II A – TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA- de la presente que reemplaza al Anexo II de la Resolución 2382/91.


Modifica a:


Art. 2º - Aprobar el Anexo V A – INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL MIC/DTA- de esta Resolución que reemplaza al Anexo II de la Resolución 2382/91.


Art. 3º - Derogar los Anexos II y V de la Resolución 2382/91.


Art. 4º - Derogar la Resolución Nº 2545/92.


Art. 5º - Esta Resolución entrará en vigencia desde el 1º de Mayo de 1993, inclusive.


Art. 6º - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Remítase copia a la Secretaría de Ingresos Públicos, a la Secretaría del mercosur (ROU), a la Aduana (México DF), a la Secretaría de la ALADI (ROU) y al Servicio Nacional de Aduanas de Chile. Cumplido, archívese.




FIRMANTES

Gustavo A. Parino

ARCA
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