CONSIDERANDO
Que la mencionada norma estableció el régimen sancionatorio respecto de las infracciones tipificadas por las Leyes N° 17.250 y sus modificaciones y N° 22.161, las que admiten la posibilidad de graduar el porcentaje aplicable en concepto de sanción.
Que es inquietud permanente de esta Administración Federal, desalentar la ocurrencia de actitudes evasivas que afecten el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Que en orden a lo expuesto, se estima conveniente incrementar, con relación a las obligaciones de carácter previsional, el importe de las multas aplicables respecto de la falta de denuncia de trabajadores en relación de dependencia y/o incumplimientos de las retenciones de aportes que resulten procedentes, así como las que correspondan por no cumplir con los requerimientos efectuados en actos de verificación.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Asesoría Legal.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7°del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,