ANEXO
El programa aplicativo "SICORE —Sistema de Control de Retenciones— VERSION 4.0" posee las mismas características, funciones y aspectos técnicos, requeridos para el uso de la versión anterior —Anexo III de la Resolución General Nº 738, sus modificatorias y complementarias—, e incorpora las siguientes adecuaciones:
1. Los códigos de régimen, aprobados por la Resolución General Nº 830 y su complementaria.
2. La opción "Recibo de Sueldo", de la ventana "Detalle de Retenciones" de la sección "Datos del Comprobante" del campo "Tipo" se utilizará cuando se consigne el Código de Régimen 160, correspondiente a las rentas del trabajo personal en relación de dependencia, establecido por la Resolución General Nº 4139 (DGI) sus modificatorias y complementarias.
3. La opción "Recibo de Sueldo - Devolución", de la ventana "Detalle de Retenciones" de la sección "Datos del Comprobante" del campo "Tipo" se utilizará con el fin de efectuar reintegros a aquellos sujetos que hubieran sufrido retenciones en exceso por tal concepto.
En caso de utilizar los tipos de comprobantes previstos en los puntos 2. y 3. precedentes, el sistema no requerirá la información referida al "Importe" del comprobante ni al "Monto imponible" para el cálculo de la correspondiente retención.
NOTA:
1. El funcionamiento del programa aplicativo requerirá tener instalada la "Versión 3.0" y su actualización o, de no poseerla, se utilizará únicamente la versión que se aprueba por la presente Resolución General.
2. Se deberán considerar las instrucciones que el sistema brinda en la "Ayuda" del programa aplicativo, a la que se accede con la tecla de función F1.