Artículo 1º - Modifícase la Resolución General Nº 3419 (DGI), sus complementarias y modificatorias, de la siguiente manera:
- Sustitúyese la denominación del Apartado B del Título III, por la que a continuación se indica:
"B - Información de Códigos de Sucursales, Agencias, Locales de Venta Descentralizados, Puntos de Venta, etc.
- Deróganse los artículos 27, 28, 29, 30, 31 y 34, y el inciso c) del párrafo primero del artículo 37.
- Sustitúyese el inciso a) del párrafo segundo del artículo 32, por el siguiente:
"a) Cuando se inicien actividades. con no menos de TRES (3) días hábiles de anticipación a la fecha de inicio."
- Sustitúyese el primer párrafo del artículo 33, por el siguiente:
"ARTICULO 33.-:Las presentaciones dispuestas en el artículo 32 se formalizarán ante la dependencia de este Organismo indicada, para cada caso, en el segundo párrafo del artículo 24.
- Sustitúyese el primer párrafo del artículo 35, por el siguiente:
"ARTICULO 35.-Juntamente con el soporte magnético mencionado en el punto 2, del artículo 25 deberá presentarse el formulario Nº 331 nuevo modelo, aprobado por la Resolución General Nº 2733 (DGI) y sus modificaciones."
Modifica a: