Art. 3º - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Remítase copia a la Secretaría de Ingresos Públicos, a la Secretaría del Mercosur 8ROU9, a la Secretaría de la ALADI (ROU), a la Secretaría del Convenio de Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduana (Mexico DF), a las Direcciones Nacional de Aduanas de la Repúblicas de Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay. Cumplido, archívese.