ARTICULO 1°.- Modifícase la Resolución General N° 616 y su modificatoria, en la forma que se detalla a continuación:
1. Sustitúyense el primer y segundo párrafos del artículo 19, por los siguientes:
"A fin de lo dispuesto en el inciso b) de los Anexos I y III de la presente, los responsables citados en los Capítulos A y B deberán aportar la información relativa al impuesto facturado cuya acreditación, devolución o transferencia se solicita, mediante la entrega de soporte magnético -acompañado del formulario de declaración jurada N° 443/A- realizados con computadoras personales, utilizando la "Aplicación" denominada "AFIP DGI - IVA Solicitud de Reintegro del Impuesto Facturado", que se aprueba por la presente Resolución General, -ejecutada bajo la plataforma del sistema informático "S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.0", aprobado por este Organismo-, cuyas características, funciones y aspectos técnicos para su uso se consignan en el Anexo IV de esta Resolución General, y conforme a las pautas que, con relación a la citada declaración jurada allí se especifican.
Para tal fin los mencionados responsables deberán obtener la indicada "Aplicación" mediante transferencia de la página "Web" (http:\\www.afip.gov.ar).
2. Sustitúyese el segundo párrafo del inciso b) del artículo 35, por el siguiente:
"El comprobante correspondiente a la garantía constituida deberá estar acompañado de una nota de autorización irrevocable a favor de la Administración Federal de Ingresos Públicos -Dirección General Impositiva, que se ajustará al modelo que se consigna en el Anexo XII de la presente, acompañada de fotocopia del poder del firmante, quien exhibirá para su cotejo el original respectivo."
3. Incorpórase como Anexo XII de la Resolución General N° 616 y su modificatoria, al que se consigna como Anexo de la presente Resolución General.
4. Sustitúyese en el inciso b) del Anexo I la expresión "...realizados con el programa aplicativo ("software") entregado y aprobado por este Organismo ..." por la expresión"... realizados mediante la "Aplicación" que se encuentra disponible en la página "Web".
Modifica a: