ARTÍCULO 1°.- Las personas humanas residentes en el país que posean Documento Nacional de Identidad (DNI) argentino vigente, a fin de solicitar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) deberán ingresar a la opción “Comenzar inscripción” disponible en el sitio “web” de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero (https://www.arca.gob.ar).
Para ello, deberán contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 3 o superior, obtenida en los términos de la Resolución General N° 5.048 y sus modificatorias, y seguir el procedimiento que se detalla a continuación:
a) Adjuntar:
1. Documento Nacional de Identidad (DNI) argentino vigente -frente y dorso-.
2. Fotografía del rostro, siempre que el sistema así lo requiera. La misma deberá ser de buena calidad, sin filtros, de alta resolución, reciente, con fondo claro, de frente y sin lentes u otros accesorios que cubran la cara u orejas.
b) Informar el domicilio real -tal como figura en el Documento Nacional de Identidad (DNI) argentino vigente-, en caso de que el sistema no refleje el mismo.
c) Indicar si el domicilio fiscal coincide con el domicilio real. De lo contrario, informar el referido domicilio fiscal y, a fin de acreditar fehacientemente su existencia, adjuntar UNA (1) de las constancias -a nombre del contribuyente- que se indican a continuación:
1. Certificado de domicilio expedido por autoridad competente con fecha de emisión máxima de hasta NOVENTA (90) días corridos anteriores a la fecha de la solicitud.
2. Acta de constatación notarial expedida dentro de los NOVENTA (90) días corridos anteriores a la fecha de la solicitud.
3. Comprobante de un servicio público -provisión de agua potable, gas natural o energía eléctrica-, de un servicio de televisión por cable, internet, telefonía móvil o bien, de una póliza de seguro de automotor/inmueble, en todos los casos, con fecha de emisión máxima de hasta NOVENTA (90) días corridos anteriores a la fecha de la solicitud.
4. Título de propiedad o contrato de alquiler, leasing o comodato del inmueble cuyo domicilio se denuncia, certificado digitalmente por escribano público o con timbrado (sellado) de la autoridad jurisdiccional competente, según corresponda.
De tratarse de un contrato de comodato, en reemplazo de la aludida certificación podrá presentarse el título de propiedad o contrato de alquiler que dio origen al mismo, en las condiciones descriptas en el párrafo precedente.
5. Extracto de cuenta bancaria o resumen de tarjeta de crédito con fecha de emisión máxima de hasta NOVENTA (90) días corridos anteriores a la fecha de la solicitud.
6. Habilitación o autorización municipal equivalente vigente, cuando la actividad del solicitante se desarrolle en inmuebles que requieran de la misma.
7. Certificado de Vivienda Familiar entregado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) de conformidad con el artículo 6° ter del Anexo del Decreto N° 2.670 del 1 de diciembre de 2015 y sus modificatorios.
Los sujetos cuyo domicilio fiscal declarado coincida con el de su madre, padre, tutor, apoderado, cónyuge, conviviente o hijo, podrán aportar los elementos citados en los puntos 3., 4. y 5., aun cuando los mismos se encuentren registrados a nombre de estos últimos, siempre que acompañen, complementariamente, el documento que acredite la tutela, el poder o el vínculo -vgr. partida de nacimiento, acta de matrimonio-, según el caso.
d) Informar los datos de contacto -dirección de correo electrónico y números telefónicos-.
La documentación mencionada en los incisos a) y c) del presente artículo deberá adjuntarse en formato digital, mediante una imagen a color y legible, en archivo con extensión “.pdf” o “.jpg”.
Superadas las validaciones sistémicas, este Organismo asignará la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y generará el correspondiente legajo electrónico quedando, a su vez, constituido el Domicilio Fiscal Electrónico en los términos de la Resolución General N° 4.280 y su modificatoria. De lo contrario, rechazará el trámite indicando el motivo.
Cuando la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) se obtenga de acuerdo con lo establecido en el presente artículo, esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero no requerirá, a efectos de declarar la o las actividades económicas y tramitar el alta en los respectivos impuestos y/o regímenes, la validación de la identidad prevista en la Resolución General N° 2.811, sus modificatorias y su complementaria.
La solicitud de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) podrá iniciarse, asimismo, a través de la aplicación “ARCA Móvil”, opción “Inscripción digital” o bien, mediante el servicio “web” denominado “Sistema Registral”, menú “Inicio”, opción “Registro Único Tributario”, “ALTA DE CUIT”.