CONSIDERANDO
Que, atendiendo la situación de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social del país declarada mediante la Ley N° 27.541, deviene necesario instaurar mecanismos preventivos para resguardar la renta fiscal.
Que, en tal sentido, corresponde establecer un primer control del valor de mercaderías de exportación a fin de verificar que el precio declarado concuerde con los usuales en la rama de la industria o comercio y con los de mercaderías idénticas o similares competitivas.
Que dicho control permite perfeccionar el sistema de selectividad en materia de valor, con el fin de detectar desviaciones en los valores declarados.
Que, asimismo, permite resguardar la renta fiscal derivando la mercadería exportada al canal rojo valor, cuando el valor declarado estuviere por debajo de los valores referenciales fijados, así como analizar selectivamente las destinaciones de exportación para consumo cuyos valores declarados superen los mismos.
Que, en consecuencia, corresponde abrogar la Resolución General N° 4.161 del 23 de noviembre de 2017.
Que el Artículo 4° de la Disposición N° 446 (AFIP) del 10 de septiembre de 2009 determina que la emisión de resoluciones generales podrá ser delegada en forma expresa por la Administración Federal cuando concurran circunstancias debidamente justificadas que así lo ameriten.
Que la fijación de los valores referenciales se realiza mediante la emisión de resoluciones generales.
Que a fin de perfeccionar el accionar de esta Administración permitiendo mayor celeridad en la adopción de decisiones, resulta necesario delegar en la Dirección General de Aduanas la suscripción de las referidas resoluciones.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Control Aduanero y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 4° y 7° del Decreto 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,