CONSIDERANDO
Que la Resolución General N° 4.056 estableció un régimen de información para las entidades financieras locales respecto de las cuentas y operaciones cuyos titulares sean sujetos no residentes, de acuerdo con los términos establecidos por las “Normas Comunes en Materia de Presentación de Información (CRS)” –por sus siglas en inglés- elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Que con la modificación introducida a la citada norma mediante la Resolución General N° 4.422, se incorporaron al régimen de información, sujetos y cuentas que se encontraban excluidos, resultando de aplicación para la información a suministrarse respecto del año 2018 y siguientes.
Que con el objeto de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones fiscales, y atendiendo a la cantidad de datos que deben recabarse a los fines de dar observancia al régimen en cuestión, es aconsejable extender el año a partir del cual resulta aplicable el régimen por parte de los sujetos incorporados por la Resolución General N° 4.422, así como respecto de las denominadas cuentas sueldo.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 4° y 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y la DI-2019-31-E-AFIP-AFIP del 07 de febrero de 2019.
Por ello,