CONSIDERANDO
Que por medio del mencionado decreto se estableció una mecánica para facilitar el envío al exterior de mercaderías en consignación, encauzando la concreción de posteriores operaciones de exportación y permitiendo el acceso de diversos productos a mercados potenciales.
Que mediante el Anexo III de la Resolución N° 4.627/80 (ANA) y su modificatoria, se reglamentaron las pautas aplicables al “Régimen de Envíos en Consignación”.
Que, en virtud de la experiencia recogida por las áreas intervinientes en la aplicación del referido régimen, resulta procedente sustituir íntegramente las normas que lo reglamentan, a efectos de incorporar mecanismos tecnológicos destinados a optimizar el control aduanero.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, de Control Aduanero, de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,