CONSIDERANDO
Que la Resolución N° 2.013/93 (ANA) y sus modificatorias reglamenta, en el ámbito aduanero, los controles de sanidad y calidad vegetal impuestos a la importación y exportación de productos, subproductos y derivados, que no constituyan productos alimentarios de consumo humano acondicionados para su venta directa al público.
Que la Resolución N° 75/19 (SENASA), adecuó los trámites de solicitud de autorizaciones de importación y exportación a los nuevos requerimientos de simplificación e informatización de trámites y suministro de datos por el administrado para aquellos principios activos y biológicos utilizados en la producción y comercialización de productos agrícolas y de terapéutica vegetal, enmiendas y fertilizantes.
Que, por este motivo, resulta necesario modificar los procedimientos previstos en la Resolución N° 2.013/93 (ANA) y sus modificatorias, sustituyendo su Artículo 8° y dejando sin efecto el Artículo 9° y el Anexo V.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, de Control Aduanero, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior, de Recaudación y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,