Anexo I (Según RG 5275/2022)
DATOS A INFORMAR
I. RESPECTO DE LA NÓMINA DE LAS CUENTAS CORRIENTES, CAJAS DE AHORRO, CUENTAS SUELDO/DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y CUENTAS ESPECIALES:
a) Tipo de cuenta
b) Número de cuenta
c) Código de sucursal de la entidad financiera.
d) Tipo de movimiento: apertura, cierre, bloqueada, etc.
e) Fecha del movimiento.
f) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
g) Cantidad de integrantes y tipo de identificación y carácter de cada uno de los integrantes que componen la cuenta informada.
h) Moneda.
II. RESPECTO DE LAS ACREDITACIONES:
a) Monto total de las acreditaciones efectuadas en cada una de las cuentas de conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 2° de la presente. A estos fines, corresponderá considerar como “acreditaciones” a todo importe que represente un crédito en la respectiva cuenta, excepto aquellos que constituyan ajustes contables, anulaciones o contra-asientos, por error.
b) Monto total de acreditaciones que correspondan a transferencias entre cuentas de un mismo titular, en el mismo o en otro banco.
c) Monto total de acreditaciones que correspondan a préstamos otorgados por la entidad financiera.
d) Monto total de acreditaciones por vencimientos de los depósitos a plazo.
III. RESPECTO DE LAS EXTRACCIONES EN EFECTIVO:
a) Monto total de las extracciones en efectivo en el país o en el exterior, ya sea por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio, de acuerdo a lo indicado en el inciso c) del Artículo 2°
IV. RESPECTO DE LOS DEPÓSITOS A PLAZO:
a) Tipo y número.
b) Datos de los cotitulares, de existir.
c) Fecha de constitución.
d) Fecha de vencimiento.
e) Tipo de moneda de constitución.
f) Monto de constitución en moneda original y en pesos.
g) Monto de intereses pactados en moneda original y en pesos.
h) Si los titulares y cotitulares revisten la condición de residentes en el país o beneficiarios del exterior.
V. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO:
a) Monto total de los consumos realizados en el país.
VI. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO REALIZADOS EN EL EXTERIOR:
a) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta bancaria.
b) Monto total de los consumos realizados en el exterior, en pesos.
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) del/los titular/es de la cuenta.
d) Fecha de la operación.
e) Identificación del país donde se efectuó el consumo.
f) Monto de la operación, en pesos.
g) Nombre del comercio.
h) Código de rubro.
Se encuentran exceptuadas de cumplir con la presentación de la información prevista en este apartado, aquellas entidades financieras que, aún encontrándose obligadas al presente régimen por otras operaciones, no sean emisoras de tarjetas de débito.
VII. RESPECTO DE LOS CHEQUES LIBRADOS POR LOS JUZGADOS PARA EL COBRO DE HONORARIOS:
a) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) del beneficiario.
b) Apellido y nombres, razón social o denominación del beneficiario.
c) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta en la que se acreditó o debitó el cheque.
d) Monto total mensual acreditado o transferido en la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
e) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del banco receptor de los fondos.
f) Monto total mensual cobrado por ventanilla.
VIII. RESPECTO DE LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LAS OPERACIONES:
a) Apellido y nombres, razón social o denominación del/los titular/es o sujetos intervinientes en las operaciones y si se trata de residentes en el país o no.
b) Domicilio constituido completo (calle, número, piso, oficina, departamento, local, sector, torre, manzana, localidad, provincia y código postal).
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.), Clave de Identificación (C.D.I.) o Clave de Inversores del Exterior (C.I.E.), según corresponda.
d) Además, en caso de sujetos no residentes en el país según la normativa del impuesto a las ganancias:
1. En el caso de personas humanas:
1.1. Apellido y nombres.
1.2. Documento de identidad/Pasaporte.
1.3. Domicilio actual del exterior.
1.4. Lugar y fecha de nacimiento.
1.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
1.6. País de residencia fiscal.
2. En el caso de personas jurídicas y otras entidades:
2.1. Razón social o denominación.
2.2. Tipo de entidad.
2.3. Domicilio actual del exterior.
2.4. Lugar y fecha de constitución.
2.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
2.6. País de residencia fiscal.
IX. RESPECTO DE LOS CRÉDITOS Y DÉBITOS DE LA “CUENTA ESPECIAL REPATRIACIÓN DE FONDOS - RESOLUCIÓN GENERAL AFIP Nº 4816/2020 Y SUS MODIFICATORIAS”, DE LA “CUENTA ESPECIAL REPATRIACIÓN DE FONDOS - APORTE SOLIDARIO Y EXTRAORDINARIO. LEY 27.605”, DE LA “CUENTA ESPECIAL DE DEPÓSITO Y CANCELACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN ARGENTINA (CECON.Ar). LEY 27.613.”, DE LA “CAJA DE AHORROS REPATRIACIÓN - LEY N° 27.541” Y DE LA “CUENTA ESPECIAL PARA TITULARES CON ACTIVIDAD AGRÍCOLA - COMUNICACIÓN “A” 7556.
a) Monto en moneda original y en moneda nacional de cada uno de los créditos y débitos efectuados en estas cuentas.
b) Origen y destino de afectación de los fondos acreditados y/o debitados. c) Datos identificatorios de las cuentas de origen o destino de los fondos.
d) Número de operación, número de cuenta asociada y tipo, denominación, código y cantidad del instrumento operado.
e) Saldo resultante en la cuenta, en moneda original y en moneda nacional, de cada una de las operaciones informadas en el punto a), convertida de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 3º.
f) Fecha de realización de cada uno de los créditos y débitos informados.
g) Código de Registro de Proyecto Inmobiliario, de tratarse de la "Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar). Ley 27.613".
En todo lo no previsto en este punto, resultan aplicables, cuando corresponda, las definiciones incluidas en los puntos II, III y IV de este Anexo.
Anexo I (Según RG 5138/2022)
DATOS A INFORMAR
I. RESPECTO DE LA NÓMINA DE LAS CUENTAS CORRIENTES, CAJAS DE AHORRO, CUENTAS SUELDO/DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y CUENTAS ESPECIALES:
a) Tipo de cuenta
b) Número de cuenta
c) Código de sucursal de la entidad financiera.
d) Tipo de movimiento: apertura, cierre, bloqueada, etc.
e) Fecha del movimiento.
f) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
g) Cantidad de integrantes y tipo de identificación y carácter de cada uno de los integrantes que componen la cuenta informada.
h) Moneda.
II. RESPECTO DE LAS ACREDITACIONES:
a) Monto total de las acreditaciones efectuadas en cada una de las cuentas de conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 2° de la presente. A estos fines, corresponderá considerar como “acreditaciones” a todo importe que represente un crédito en la respectiva cuenta, excepto aquellos que constituyan ajustes contables, anulaciones o contra-asientos, por error.
b) Monto total de acreditaciones que correspondan a transferencias entre cuentas de un mismo titular, en el mismo o en otro banco.
c) Monto total de acreditaciones que correspondan a préstamos otorgados por la entidad financiera.
d) Monto total de acreditaciones por vencimientos de los depósitos a plazo.
III. RESPECTO DE LAS EXTRACCIONES EN EFECTIVO:
a) Monto total de las extracciones en efectivo en el país o en el exterior, ya sea por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio, de acuerdo a lo indicado en el inciso c) del Artículo 2°
IV. RESPECTO DE LOS DEPÓSITOS A PLAZO:
a) Tipo y número.
b) Datos de los cotitulares, de existir.
c) Fecha de constitución.
d) Fecha de vencimiento.
e) Tipo de moneda de constitución.
f) Monto de constitución en moneda original y en pesos.
g) Monto de intereses pactados en moneda original y en pesos.
h) Si los titulares y cotitulares revisten la condición de residentes en el país o beneficiarios del exterior.
V. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO:
a) Monto total de los consumos realizados en el país.
VI. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO REALIZADOS EN EL EXTERIOR:
a) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta bancaria.
b) Monto total de los consumos realizados en el exterior, en pesos.
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) del/los titular/es de la cuenta.
d) Fecha de la operación.
e) Identificación del país donde se efectuó el consumo.
f) Monto de la operación, en pesos.
g) Nombre del comercio.
h) Código de rubro.
Se encuentran exceptuadas de cumplir con la presentación de la información prevista en este apartado, aquellas entidades financieras que, aún encontrándose obligadas al presente régimen por otras operaciones, no sean emisoras de tarjetas de débito.
VII. RESPECTO DE LOS CHEQUES LIBRADOS POR LOS JUZGADOS PARA EL COBRO DE HONORARIOS:
a) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) del beneficiario.
b) Apellido y nombres, razón social o denominación del beneficiario.
c) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta en la que se acreditó o debitó el cheque.
d) Monto total mensual acreditado o transferido en la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
e) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del banco receptor de los fondos.
f) Monto total mensual cobrado por ventanilla.
VIII. RESPECTO DE LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LAS OPERACIONES:
a) Apellido y nombres, razón social o denominación del/los titular/es o sujetos intervinientes en las operaciones y si se trata de residentes en el país o no.
b) Domicilio constituido completo (calle, número, piso, oficina, departamento, local, sector, torre, manzana, localidad, provincia y código postal).
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.), Clave de Identificación (C.D.I.) o Clave de Inversores del Exterior (C.I.E.), según corresponda.
d) Además, en caso de sujetos no residentes en el país según la normativa del impuesto a las ganancias:
1. En el caso de personas humanas:
1.1. Apellido y nombres.
1.2. Documento de identidad/Pasaporte.
1.3. Domicilio actual del exterior.
1.4. Lugar y fecha de nacimiento.
1.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
1.6. País de residencia fiscal.
2. En el caso de personas jurídicas y otras entidades:
2.1. Razón social o denominación.
2.2. Tipo de entidad.
2.3. Domicilio actual del exterior.
2.4. Lugar y fecha de constitución.
2.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
2.6. País de residencia fiscal.
IX. RESPECTO DE LOS CRÉDITOS Y DÉBITOS DE LA “CUENTA ESPECIAL REPATRIACIÓN DE FONDOS - RESOLUCIÓN GENERAL AFIP Nº 4816/2020 Y SUS MODIFICATORIAS”, DE LA “CUENTA ESPECIAL REPATRIACIÓN DE FONDOS - APORTE SOLIDARIO Y EXTRAORDINARIO. LEY 27.605”, DE LA “CUENTA ESPECIAL DE DEPÓSITO Y CANCELACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN ARGENTINA (CECON.Ar). LEY 27.613” Y DE LA “CAJA DE AHORROS REPATRIACIÓN - LEY 27.541”.
a) Monto en moneda original y en moneda nacional de cada uno de los créditos y débitos efectuados en estas cuentas.
b) Origen y destino de afectación de los fondos acreditados y/o debitados. c) Datos identificatorios de las cuentas de origen o destino de los fondos.
d) Número de operación, número de cuenta asociada y tipo, denominación, código y cantidad del instrumento operado.
e) Saldo resultante en la cuenta, en moneda original y en moneda nacional, de cada una de las operaciones informadas en el punto a), convertida de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 3º.
f) Fecha de realización de cada uno de los créditos y débitos informados.
g) Código de Registro de Proyecto Inmobiliario, de tratarse de la "Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar). Ley 27.613".
En todo lo no previsto en este punto, resultan aplicables, cuando corresponda, las definiciones incluidas en los puntos II, III y IV de este Anexo.
Anexo I (Según RG 4989)
DATOS A INFORMAR
I. RESPECTO DE LA NÓMINA DE LAS CUENTAS CORRIENTES, CAJAS DE AHORRO, CUENTAS SUELDO/DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y CUENTAS ESPECIALES:
a) Tipo de cuenta
b) Número de cuenta
c) Código de sucursal de la entidad financiera.
d) Tipo de movimiento: apertura, cierre, bloqueada, etc.
e) Fecha del movimiento.
f) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
g) Cantidad de integrantes y tipo de identificación y carácter de cada uno de los integrantes que componen la cuenta informada.
h) Moneda.
II. RESPECTO DE LAS ACREDITACIONES:
a) Monto total de las acreditaciones efectuadas en cada una de las cuentas de conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 2° de la presente. A estos fines, corresponderá considerar como “acreditaciones” a todo importe que represente un crédito en la respectiva cuenta, excepto aquellos que constituyan ajustes contables, anulaciones o contra-asientos, por error.
b) Monto total de acreditaciones que correspondan a transferencias entre cuentas de un mismo titular, en el mismo o en otro banco.
c) Monto total de acreditaciones que correspondan a préstamos otorgados por la entidad financiera.
d) Monto total de acreditaciones por vencimientos de los depósitos a plazo.
III. RESPECTO DE LAS EXTRACCIONES EN EFECTIVO:
a) Monto total de las extracciones en efectivo en el país o en el exterior, ya sea por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio, de acuerdo a lo indicado en el inciso c) del Artículo 2°
IV. RESPECTO DE LOS DEPÓSITOS A PLAZO:
a) Tipo y número.
b) Datos de los cotitulares, de existir.
c) Fecha de constitución.
d) Fecha de vencimiento.
e) Tipo de moneda de constitución.
f) Monto de constitución en moneda original y en pesos.
g) Monto de intereses pactados en moneda original y en pesos.
h) Si los titulares y cotitulares revisten la condición de residentes en el país o beneficiarios del exterior.
V. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO:
a) Monto total de los consumos realizados en el país.
VI. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO REALIZADOS EN EL EXTERIOR:
a) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta bancaria.
b) Monto total de los consumos realizados en el exterior, en pesos.
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) del/los titular/es de la cuenta.
d) Fecha de la operación.
e) Identificación del país donde se efectuó el consumo.
f) Monto de la operación, en pesos.
g) Nombre del comercio.
h) Código de rubro.
Se encuentran exceptuadas de cumplir con la presentación de la información prevista en este apartado, aquellas entidades financieras que, aún encontrándose obligadas al presente régimen por otras operaciones, no sean emisoras de tarjetas de débito.
VII. RESPECTO DE LOS CHEQUES LIBRADOS POR LOS JUZGADOS PARA EL COBRO DE HONORARIOS:
a) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) del beneficiario.
b) Apellido y nombres, razón social o denominación del beneficiario.
c) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta en la que se acreditó o debitó el cheque.
d) Monto total mensual acreditado o transferido en la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
e) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del banco receptor de los fondos.
f) Monto total mensual cobrado por ventanilla.
VIII. RESPECTO DE LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LAS OPERACIONES:
a) Apellido y nombres, razón social o denominación del/los titular/es o sujetos intervinientes en las operaciones y si se trata de residentes en el país o no.
b) Domicilio constituido completo (calle, número, piso, oficina, departamento, local, sector, torre, manzana, localidad, provincia y código postal).
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.), Clave de Identificación (C.D.I.) o Clave de Inversores del Exterior (C.I.E.), según corresponda.
d) Además, en caso de sujetos no residentes en el país según la normativa del impuesto a las ganancias:
1. En el caso de personas humanas:
1.1. Apellido y nombres.
1.2. Documento de identidad/Pasaporte.
1.3. Domicilio actual del exterior.
1.4. Lugar y fecha de nacimiento.
1.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
1.6. País de residencia fiscal.
2. En el caso de personas jurídicas y otras entidades:
2.1. Razón social o denominación.
2.2. Tipo de entidad.
2.3. Domicilio actual del exterior.
2.4. Lugar y fecha de constitución.
2.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
2.6. País de residencia fiscal.
IX. RESPECTO DE LOS CRÉDITOS Y DÉBITOS DE LA “CUENTA ESPECIAL REPATRIACIÓN DE FONDOS - RESOLUCIÓN GENERAL AFIP Nº 4816/2020 Y SUS MODIFICATORIAS”, DE LA “CUENTA ESPECIAL REPATRIACIÓN DE FONDOS - APORTE SOLIDARIO Y EXTRAORDINARIO. LEY 27.605” Y DE LA “CUENTA ESPECIAL DE DEPÓSITO Y CANCELACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN ARGENTINA (CECON.Ar). LEY 27.613.
a) Monto en moneda original y en moneda nacional de cada uno de los créditos y débitos efectuados en estas cuentas.
b) Origen y destino de afectación de los fondos acreditados y/o debitados. c) Datos identificatorios de las cuentas de origen o destino de los fondos.
d) Número de operación, número de cuenta asociada y tipo, denominación, código y cantidad del instrumento operado.
e) Saldo resultante en la cuenta, en moneda original y en moneda nacional, de cada una de las operaciones informadas en el punto a), convertida de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 3º.
f) Fecha de realización de cada uno de los créditos y débitos informados.
g) Código de Registro de Proyecto Inmobiliario, de tratarse de la "Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar). Ley 27.613".
En todo lo no previsto en este punto, resultan aplicables, cuando corresponda, las definiciones incluidas en los puntos II, III y IV de este Anexo.
Anexo I (Según RG 4960)
DATOS A INFORMAR
I. RESPECTO DE LA NÓMINA DE LAS CUENTAS CORRIENTES, CAJAS DE AHORRO, CUENTAS SUELDO/DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y CUENTAS ESPECIALES:
a) Tipo de cuenta
b) Número de cuenta
c) Código de sucursal de la entidad financiera.
d) Tipo de movimiento: apertura, cierre, bloqueada, etc.
e) Fecha del movimiento.
f) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
g) Cantidad de integrantes y tipo de identificación y carácter de cada uno de los integrantes que componen la cuenta informada.
h) Moneda.
II. RESPECTO DE LAS ACREDITACIONES:
a) Monto total de las acreditaciones efectuadas en cada una de las cuentas de conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 2° de la presente. A estos fines, corresponderá considerar como “acreditaciones” a todo importe que represente un crédito en la respectiva cuenta, excepto aquellos que constituyan ajustes contables, anulaciones o contra-asientos, por error.
b) Monto total de acreditaciones que correspondan a transferencias entre cuentas de un mismo titular, en el mismo o en otro banco.
c) Monto total de acreditaciones que correspondan a préstamos otorgados por la entidad financiera.
d) Monto total de acreditaciones por vencimientos de los depósitos a plazo.
III. RESPECTO DE LAS EXTRACCIONES EN EFECTIVO:
a) Monto total de las extracciones en efectivo en el país o en el exterior, ya sea por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio, de acuerdo a lo indicado en el inciso c) del Artículo 2°
IV. RESPECTO DE LOS DEPÓSITOS A PLAZO:
a) Tipo y número.
b) Datos de los cotitulares, de existir.
c) Fecha de constitución.
d) Fecha de vencimiento.
e) Tipo de moneda de constitución.
f) Monto de constitución en moneda original y en pesos.
g) Monto de intereses pactados en moneda original y en pesos.
h) Si los titulares y cotitulares revisten la condición de residentes en el país o beneficiarios del exterior.
V. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO:
a) Monto total de los consumos realizados en el país.
VI. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO REALIZADOS EN EL EXTERIOR:
a) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta bancaria.
b) Monto total de los consumos realizados en el exterior, en pesos.
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) del/los titular/es de la cuenta.
d) Fecha de la operación.
e) Identificación del país donde se efectuó el consumo.
f) Monto de la operación, en pesos.
g) Nombre del comercio.
h) Código de rubro.
Se encuentran exceptuadas de cumplir con la presentación de la información prevista en este apartado, aquellas entidades financieras que, aún encontrándose obligadas al presente régimen por otras operaciones, no sean emisoras de tarjetas de débito.
VII. RESPECTO DE LOS CHEQUES LIBRADOS POR LOS JUZGADOS PARA EL COBRO DE HONORARIOS:
a) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) del beneficiario.
b) Apellido y nombres, razón social o denominación del beneficiario.
c) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta en la que se acreditó o debitó el cheque.
d) Monto total mensual acreditado o transferido en la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
e) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del banco receptor de los fondos.
f) Monto total mensual cobrado por ventanilla.
VIII. RESPECTO DE LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LAS OPERACIONES:
a) Apellido y nombres, razón social o denominación del/los titular/es o sujetos intervinientes en las operaciones y si se trata de residentes en el país o no.
b) Domicilio constituido completo (calle, número, piso, oficina, departamento, local, sector, torre, manzana, localidad, provincia y código postal).
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.), Clave de Identificación (C.D.I.) o Clave de Inversores del Exterior (C.I.E.), según corresponda.
d) Además, en caso de sujetos no residentes en el país según la normativa del impuesto a las ganancias:
1. En el caso de personas humanas:
1.1. Apellido y nombres.
1.2. Documento de identidad/Pasaporte.
1.3. Domicilio actual del exterior.
1.4. Lugar y fecha de nacimiento.
1.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
1.6. País de residencia fiscal.
2. En el caso de personas jurídicas y otras entidades:
2.1. Razón social o denominación.
2.2. Tipo de entidad.
2.3. Domicilio actual del exterior.
2.4. Lugar y fecha de constitución.
2.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
2.6. País de residencia fiscal.
IX. RESPECTO DE LOS CRÉDITOS Y DÉBITOS DE LA “CUENTA ESPECIAL REPATRIACIÓN DE FONDOS – RESOLUCIÓN GENERAL AFIP Nº 4816/2020 Y SUS MODIFICATORIAS” Y DE LA “CUENTA ESPECIAL REPATRIACIÓN DE FONDOS- APORTE SOLIDARIO Y EXTRAORDINARIO. Ley 27.605”.
a) Monto en moneda original y en moneda nacional de cada uno de los créditos y débitos efectuados en estas cuentas.
b) Origen y destino de afectación de los fondos acreditados y/o debitados. c) Datos identificatorios de las cuentas de origen o destino de los fondos.
d) Número de operación, número de cuenta asociada y tipo, denominación, código y cantidad del instrumento operado.
e) Saldo resultante en la cuenta, en moneda original y en moneda nacional, de cada una de las operaciones informadas en el punto a), convertida de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 3º.
f) Fecha de realización de cada uno de los créditos y débitos informados.
En todo lo no previsto en este punto, resultan aplicables, cuando corresponda, las definiciones incluidas en los puntos II, III y IV de este Anexo.
Anexo I (Según RG 4883)
DATOS A INFORMAR
I. RESPECTO DE LA NÓMINA DE LAS CUENTAS CORRIENTES, CAJAS DE AHORRO, CUENTAS SUELDO/DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y CUENTAS ESPECIALES:
a) Tipo de cuenta
b) Número de cuenta
c) Código de sucursal de la entidad financiera.
d) Tipo de movimiento: apertura, cierre, bloqueada, etc.
e) Fecha del movimiento.
f) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
g) Cantidad de integrantes y tipo de identificación y carácter de cada uno de los integrantes que componen la cuenta informada.
h) Moneda.
II. RESPECTO DE LAS ACREDITACIONES:
a) Monto total de las acreditaciones efectuadas en cada una de las cuentas de conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 2° de la presente. A estos fines, corresponderá considerar como “acreditaciones” a todo importe que represente un crédito en la respectiva cuenta, excepto aquellos que constituyan ajustes contables, anulaciones o contra-asientos, por error.
b) Monto total de acreditaciones que correspondan a transferencias entre cuentas de un mismo titular, en el mismo o en otro banco.
c) Monto total de acreditaciones que correspondan a préstamos otorgados por la entidad financiera.
d) Monto total de acreditaciones por vencimientos de los depósitos a plazo.
III. RESPECTO DE LAS EXTRACCIONES EN EFECTIVO:
a) Monto total de las extracciones en efectivo en el país o en el exterior, ya sea por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio, de acuerdo a lo indicado en el inciso c) del Artículo 2°
IV. RESPECTO DE LOS DEPÓSITOS A PLAZO:
a) Tipo y número.
b) Datos de los cotitulares, de existir.
c) Fecha de constitución.
d) Fecha de vencimiento.
e) Tipo de moneda de constitución.
f) Monto de constitución en moneda original y en pesos.
g) Monto de intereses pactados en moneda original y en pesos.
h) Si los titulares y cotitulares revisten la condición de residentes en el país o beneficiarios del exterior.
V. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO:
a) Monto total de los consumos realizados en el país.
VI. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO REALIZADOS EN EL EXTERIOR:
a) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta bancaria.
b) Monto total de los consumos realizados en el exterior, en pesos.
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) del/los titular/es de la cuenta.
d) Fecha de la operación.
e) Identificación del país donde se efectuó el consumo.
f) Monto de la operación, en pesos.
g) Nombre del comercio.
h) Código de rubro.
Se encuentran exceptuadas de cumplir con la presentación de la información prevista en este apartado, aquellas entidades financieras que, aún encontrándose obligadas al presente régimen por otras operaciones, no sean emisoras de tarjetas de débito.
VII. RESPECTO DE LOS CHEQUES LIBRADOS POR LOS JUZGADOS PARA EL COBRO DE HONORARIOS:
a) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) del beneficiario.
b) Apellido y nombres, razón social o denominación del beneficiario.
c) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta en la que se acreditó o debitó el cheque.
d) Monto total mensual acreditado o transferido en la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
e) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del banco receptor de los fondos.
f) Monto total mensual cobrado por ventanilla.
VIII. RESPECTO DE LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LAS OPERACIONES:
a) Apellido y nombres, razón social o denominación del/los titular/es o sujetos intervinientes en las operaciones y si se trata de residentes en el país o no.
b) Domicilio constituido completo (calle, número, piso, oficina, departamento, local, sector, torre, manzana, localidad, provincia y código postal).
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.), Clave de Identificación (C.D.I.) o Clave de Inversores del Exterior (C.I.E.), según corresponda.
d) Además, en caso de sujetos no residentes en el país según la normativa del impuesto a las ganancias:
1. En el caso de personas humanas:
1.1. Apellido y nombres.
1.2. Documento de identidad/Pasaporte.
1.3. Domicilio actual del exterior.
1.4. Lugar y fecha de nacimiento.
1.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
1.6. País de residencia fiscal.
2. En el caso de personas jurídicas y otras entidades:
2.1. Razón social o denominación.
2.2. Tipo de entidad.
2.3. Domicilio actual del exterior.
2.4. Lugar y fecha de constitución.
2.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
2.6. País de residencia fiscal.
IX. RESPECTO DE LOS CRÉDITOS Y DÉBITOS DE LA “CUENTA ESPECIAL REPATRIACIÓN DE FONDOS – RESOLUCIÓN GENERAL AFIP Nº 4816/2020 Y SUS MODIFICATORIAS”:
a) Monto en moneda original y en moneda nacional de cada uno de los créditos y débitos efectuados en estas cuentas.
b) Origen y destino de afectación de los fondos acreditados y/o debitados. c) Datos identificatorios de las cuentas de origen o destino de los fondos.
d) Número de operación, número de cuenta asociada y tipo, denominación, código y cantidad del instrumento operado.
e) Saldo resultante en la cuenta, en moneda original y en moneda nacional, de cada una de las operaciones informadas en el punto a), convertida de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 3º.
f) Fecha de realización de cada uno de los créditos y débitos informados.
En todo lo no previsto en este punto, resultan aplicables, cuando corresponda, las definiciones incluidas en los puntos II, III y IV de este Anexo.
Texto original según Resolución General Nº 4298/2018 AFIP
DATOS A INFORMAR
I. RESPECTO DE LA NÓMINA DE LAS CUENTAS CORRIENTES, CAJAS DE AHORRO, CUENTAS SUELDO/DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y CUENTAS ESPECIALES:
a) Tipo de cuenta
b) Número de cuenta
c) Código de sucursal de la entidad financiera.
d) Tipo de movimiento: apertura, cierre, bloqueada, etc.
e) Fecha del movimiento.
f) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
g) Cantidad de integrantes y tipo de identificación y carácter de cada uno de los integrantes que componen la cuenta informada.
h) Moneda.
II. RESPECTO DE LAS ACREDITACIONES:
a) Monto total de las acreditaciones efectuadas en cada una de las cuentas de conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 2° de la presente. A estos fines, corresponderá considerar como “acreditaciones” a todo importe que represente un crédito en la respectiva cuenta, excepto aquellos que constituyan ajustes contables, anulaciones o contra-asientos, por error.
b) Monto total de acreditaciones que correspondan a transferencias entre cuentas de un mismo titular, en el mismo o en otro banco.
c) Monto total de acreditaciones que correspondan a préstamos otorgados por la entidad financiera.
d) Monto total de acreditaciones por vencimientos de los depósitos a plazo.
III. RESPECTO DE LAS EXTRACCIONES EN EFECTIVO:
a) Monto total de las extracciones en efectivo en el país o en el exterior, ya sea por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio, de acuerdo a lo indicado en el inciso c) del Artículo 2°
IV. RESPECTO DE LOS DEPÓSITOS A PLAZO:
a) Tipo y número.
b) Datos de los cotitulares, de existir.
c) Fecha de constitución.
d) Fecha de vencimiento.
e) Tipo de moneda de constitución.
f) Monto de constitución en moneda original y en pesos.
g) Monto de intereses pactados en moneda original y en pesos.
h) Si los titulares y cotitulares revisten la condición de residentes en el país o beneficiarios del exterior.
V. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO:
a) Monto total de los consumos realizados en el país.
VI. RESPECTO DE LOS CONSUMOS CON TARJETAS DE DÉBITO REALIZADOS EN EL EXTERIOR:
a) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta bancaria.
b) Monto total de los consumos realizados en el exterior, en pesos.
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) del/los titular/es de la cuenta.
d) Fecha de la operación.
e) Identificación del país donde se efectuó el consumo.
f) Monto de la operación, en pesos.
g) Nombre del comercio.
h) Código de rubro.
Se encuentran exceptuadas de cumplir con la presentación de la información prevista en este apartado, aquellas entidades financieras que, aún encontrándose obligadas al presente régimen por otras operaciones, no sean emisoras de tarjetas de débito.
VII. RESPECTO DE LOS CHEQUES LIBRADOS POR LOS JUZGADOS PARA EL COBRO DE HONORARIOS:
a) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) del beneficiario.
b) Apellido y nombres, razón social o denominación del beneficiario.
c) Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta en la que se acreditó o debitó el cheque.
d) Monto total mensual acreditado o transferido en la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).
e) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del banco receptor de los fondos.
f) Monto total mensual cobrado por ventanilla.
VIII. RESPECTO DE LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LAS OPERACIONES:
a) Apellido y nombres, razón social o denominación del/los titular/es o sujetos intervinientes en las operaciones y si se trata de residentes en el país o no.
b) Domicilio constituido completo (calle, número, piso, oficina, departamento, local, sector, torre, manzana, localidad, provincia y código postal).
c) Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.), Clave de Identificación (C.D.I.) o Clave de Inversores del Exterior (C.I.E.), según corresponda.
d) Además, en caso de sujetos no residentes en el país según la normativa del impuesto a las ganancias:
1. En el caso de personas humanas:
1.1. Apellido y nombres.
1.2. Documento de identidad/Pasaporte.
1.3. Domicilio actual del exterior.
1.4. Lugar y fecha de nacimiento.
1.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
1.6. País de residencia fiscal.
2. En el caso de personas jurídicas y otras entidades:
2.1. Razón social o denominación.
2.2. Tipo de entidad.
2.3. Domicilio actual del exterior.
2.4. Lugar y fecha de constitución.
2.5. Número de Identificación Fiscal (NIF) en el país de residencia.
2.6. País de residencia fiscal.