CONSIDERANDO
Que la citada resolución, reglamentó el Régimen de Identificación para determinadas mercaderías nuevas o usadas de origen extranjero.
Que en virtud de la experiencia recogida en la aplicación del referido Régimen de Identificación de Mercaderías y teniendo en cuenta que la cantidad de estampillas fiscales impresas en color naranja pastel que se utilizan mensualmente es escasa, resulta necesario sustituir las mismas por las impresas en color verde, a efectos de evitar nuevas contrataciones y la afectación de nuevas partidas presupuestarias.
Que, asimismo, corresponde actualizar algunas Partidas Arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de las mercaderías susceptibles de identificación, consignadas en el Anexo IV de la resolución en trato.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y de Administración Financiera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,