CONSIDERANDO
Que mediante la citada resolución general se reglamentó la determinación e ingreso del impuesto que grava la realización de apuestas, aprobado por el Capítulo I del Título III de la Ley N° 27.346 y reglamentado por el Decreto N° 179 del 15 de marzo de 2017.
Que atendiendo a cuestiones de índole operativa y en virtud del objetivo de este Organismo de facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, resulta conveniente modificar las fechas de vencimiento de la obligación de presentación y, en su caso, ingreso del saldo de impuesto resultante.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Recaudación y Técnico Legal Impositiva, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,